Financiación pública de los partidos políticos

Financiación pública de los partidos políticos

Financiación pública de los partidos políticos

Wilfredo Mora

Los pasados días 12, 13 y 14 de marzo, en el marco del Máster en Derecho Electoral y Partidos Políticos, en la cátedra correspondiente al “Módulo: Proceso Electoral” hemos escuchado atentamente a María Mercedes Serrano Pérez, profesora contratada, doctora de Derecho Constitucional, de la Facultad de Derecho, en Albacete, por la Universidad Castilla-La Mancha (UCLM), su defensa sobre la necesidad de que haya financiamiento público y privado, a los partidos políticos; es decir, mixto, pero que esto tenga lugar, eso sí, de una manera controlada y reglada. Como se sabe, existe el financiamiento directo e indirecto; en la campaña electoral, o fuera de la misma.

Según la invitada, el financiamiento está justificado con argumentos constitucionales muy importantes; estos nos permiten posibilidades de extensión, de ampliación del financiamiento público, pero también de ponerles límites.
¿Qué papel desempeñan y desarrollan los partidos políticos en la democracia representativa? Antes aclarar que hay una “conexión absoluta” entre los partidos políticos y la democracia, que son los partidos políticos los que hacen posible la democracia entre los representados y los representantes.

Luego, se pueden equiparar los términos de democracia representativa y democracia de partidos. Así, pues, responde a la pregunta la invitada catedrática: “Los partidos políticos encauzan las demandas de los ciudadanos; encauzan y proyectan las decisiones de la voluntad popular hasta convertirlas en la voluntad propia de los poderes del Estado, a través del proceso electoral”.

Por tanto, los partidos políticos son imprescindibles para que la democracia representativa pueda funcionar, para que estos transformen la voluntad soberana del pueblo en voluntad de poderes del Estado.

Los partidos políticos son los instrumentos mediadores de la democracia; hacia afuera, mirando la sociedad, y hacia adentro, mirando los órganos de poder.

Los programas electorales de los partidos políticos recogen el pensamiento de la sociedad; a lo interno, canalizan esa soberanía popular, esa opinión pública a través de un proceso electoral. Es claro que los partidos políticos pasan a formar parte de los órganos que ahora conforman la voluntad del Estado.

Una democracia de partido único, como ocurre en la dictadura, no podría mantener con vida a la democracia representativa. Y dado que no puede la democracia funcionar sin la participación de los partidos políticos, he aquí la primera razón “importantísima” para que el Estado asegure la existencia del funcionamiento de los partidos políticos, con financiación.

Una segunda razón, es que nos ampara un sistema político de democracia representativa, el cual se basa en el pluralismo político (art. 216, C.), que es un valor superior constitucional.

Otra justificación del financiamiento público, enmarcado en el artículo 7 de la Constitución, es el establecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho.

Estos dos elementos intrínsecos en las organizaciones políticas, fortalecen la tolerancia respecto de las ideas políticas contrarias y el principio mayoritario, con el que garantizan que la regla de la mayoría, pueda mañana expresarse y convertirse en una minoría, y pueda así, mantenerse la alternancia en el poder.

Y si el Estado social no ayuda a los partidos políticos, surge el fantasma del clientelismo. En cuanto al Estado democrático de derecho, la financiación adopta una plasmación jurídica para que los partidos sean catalizadores de la norma constitucional.