La Constitución y el efecto mariposa

La Constitución y el efecto mariposa

La Constitución y el efecto mariposa

Nassef Perdomo Cordero, abogado.

En la teoría del caos se estudia el archiconocido efecto mariposa. Según esta, cuando un sistema es suficientemente sensible a ciertos insumos o estímulos iniciales, lasconsecuencias en una etapa posterior pueden ser demoledoras. Es lo que ha ocurrido en muchos sistemas jurídicos a los cuales la Constitución normativa llegó tarde.

Es el caso de nuestro país, muchas de cuyas leyes y subculturas jurídicas hunden sus raíces en el atardecer del siglo XVIII o los albores del siglo XIX, donde la Constitución dejó de ser un pedazo de papel apenas en 1994.

Para esa fecha, todas las disciplinas jurídicas contaban con tradiciones muy asentadas, por lo que la irrupción de una Constitución con capacidad de romper esas lógicas no ha sido adecuadamente digerida por casi ninguna de ellas.

Por ejemplo, tanta era la dificultad en materia procesal penal que para romper el cerco jurídico de la tradición inquisitorial fue necesario sustituir el Código de Procedimiento Criminal por una legislación a la altura de las normas constitucionales sobre el debido proceso.

Luego fue necesario, aprovechando la reforma constitucional de 2010, constitucionalizar un régimen del debido proceso lo suficientemente robusto que permitiera ir desmontando el autoritarismo en la persecución final.

Desafortunadamente no ha sido suficiente, como lo demuestra el colapso sistémico evidenciado por los niveles inaceptables de presos preventivos.

Todavía, a pesar de todo, siguen campeando tres reglas tácitas que son incompatibles con nuestra normativa: que sin preso no hay proceso, que el preso no es gente y que el imputado es un culpable a la espera de la sentencia que lo condena.

Eso explica parte de las dificultades que enfrenta el sistema de justicia penal, pero los ciudadanos también hemos fallado. No terminamos de asumir la importancia de los derechos, porque creemos que el abuso nunca tocará nuestras puertas.

Parafraseando a Eduardo Jorge Prats, nos falta entender los derechos en primera persona.
Los operadores del sistema también se resisten a adaptarse a la era de las constituciones.

Privilegian una lectura cerrada de las normas, limitativas de los derechos y expansiva del alcance de sus facultades. Todo ignorando la realidad jurídica que impone el constitucionalismo democrático.

No toman en cuenta los mandatos constitucionales, lo que les conduce al error y la arbitrariedad. Y a olvidar que el aleteo de la mariposa constitucional produce vendavales en el resto del ordenamiento jurídico.



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