Tribunales especializados, ¿para qué?

Tribunales especializados, ¿para qué?

Tribunales especializados, ¿para qué?

No nos oponemos a la especialización de algunos tribunales. Pero ¿han cumplido sus objetivos para los cuales fueron creados esos tribunales o instancias judiciales ? ¿Existe en la actualidad menos mora (casos pendientes de decidir) judicial que antes de la creación de tantos tribunales especializados?, veamos:

La jurisdicción laboral, que se desprende de la cámara civil al igual que todos los otros tribunales especializados que mencionaremos en lo adelante, la cual se crea como una jurisdicción independiente, con los principios de celeridad y economía procesal, por la “naturaleza” de las partes envueltas en la litis, ya que el trabajador demandante -sin trabajo- no puede esperar un largo tiempo sin resultados.

Este es un tribunal que debiera funcionar con “agentes conciliadores”, sin embargo, en la actualidad se complica su naturaleza con la integración obligatoria de dos vocales para la celebración de las audiencias, mismos que estadísticamente se ha demostrado no han aportado casi nada en la solución de los conflictos laborales.

Por igual, una fase de conciliación que siempre está abierta en todo estado de causa, pero que hay que celebrar un preliminar de conciliacion –audiencia- para “ver” si se arriba a un acuerdo, misma que pudiera ser conjuntamente con la audiencia de fondo como celebra la Corte de Trabajo.

Esto sin decir, que entre demanda/apelación dista un tiempo no menor de cuatro meses para fijar audiencia de fondo, y en la mayoría de los casos el trabajador sucumbe vendiendo el caso, y la empresa condenada a pagar al demandante los salarios caídos, es decir, esos meses de audiencia (hasta seis meses de salario) como sanción por discutir el empleador lo que entendía eran sus derechos en los tribunales.

El Tribunal Superior Electoral tiene como parte de sus funciones las rectificaciones del estado civil de las personas (actas de nacimiento, defunción, matrimonio, divorcio ), con una mora de más de tres meses, cuando esto pudiera estar haciéndolo abogados contratados a esos fines. Y del Tribunal Constitucional ni hablar, tienen mora de años.

El Poder Judicial de la República Dominicana cuenta por igual con tribunales especializados de tránsito, que los abogados en su mayoría lo han abandonado y han llenado las salas civiles de esos casos.

En cuanto a los juzgados de Paz especializados Municipales, este sirve de ensayo para jueces en formación y/o abogados contratados por la Suprema Corte de Justicia.

En cuanto al Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes, si el ciudadano tiene una situación de no cumplimiento de un régimen de visitas, de una guarda, etc., tiene que esperar hasta tres meses para la fijación de una primera vista de conciliación, luego pasan el expediente al tribunal.

En fin, consideramos que tantas instancias especializadas no han dado el resultado esperado de celeleridad y de solución “oportuna” a los conflictos de los cuales son apoderados, muy a pesar de que sí se ha incrementado la nómina del Poder Judicial.

Es el momento de que el sistema de justicia dominicano haga una revisión integral de su política judicial, ya que un país que viva en el caos, sin normativas funcionales, resulta ser una nación destinada a cambiar su estructura de gobierno.



Etiquetas