César Sánchez

César Sánchez

César Sánchez

Volvemos a reiterar que la medida de coerción busca evitar que el imputado eluda el proceso judicial, altere pruebas o atemorice testigos.

El propio Código Procesal Penal especifica que no puede ser un castigo por adelantado y que la prisión preventiva es la excepción.

La libertad es el estado ideal para un imputado defenderse.

El caso de César Sánchez, exvicepresidente ejecutivo de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), imputado por el caso de los sobornos pagados por Odebrecht, tiene la peculiaridad de que desde hace tiempo padece quebrantos de salud.

No se comprende, dentro de la lógica jurídica, tener en prisión a una persona que difícilmente eludiría el proceso judicial en su contra y que carece de la capacidad para alterar unas pruebas que ya debe tener en su poder el Ministerio Público.

Además de que su precaria situación de salud es fácilmente comprobable.

Dentro del enfermizo populismo, que se expande como si viajara con el aire, se nos podría decir que otros presos preventivos, no tan notorios, están en situación similar y no atraen el interés público.

Nos adelantamos a responder que cualquier imputado que no represente peligro de fuga, que carezca de la posibilidad de alterar pruebas o intimidar testigos y que además esté enfermo, merece enfrentar su proceso en libertad.

La sed de justicia no puede ensañarse contra personas beneficiarias de la presunción de inocencia y que además reúnen las condiciones de ley y humanitarias para llevar su proceso en libertad.

Ojalá las autoridades judiciales reconsideren el caso de la prisión de César Sánchez y de cualquier otro que esté en una situación similar.



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