¿Podría una enfermera incurrir en mala práctica médica?

¿Podría una enfermera incurrir en mala práctica médica?

¿Podría una enfermera incurrir en mala práctica médica?

En un artículo anterior definíamos la Mala Práctica Médica como: “El agravamiento de la salud o muerte de un paciente por causa de un mal accionar o negligencia, ya sea, de su médico, enfermera(o), centro clínico, o un sujeto vinculado a la atención de su salud…”

En tal sentido, nos han preguntado ¿cómo una enfermera(o) puede incurrir en una mala práctica médica comprometiendo su responsabilidad civil?

Primeramente, una enfermera(o) es aquella persona que dentro del sistema de salud está debidamente habilitada y capacitada para ejercer los cuidados de los pacientes. La relación paciente-enfermera obliga a esta última  a  un contacto de seguimiento contínuo hasta el alta de la persona ingresada en el centro de salud.

Pero ampliar el rol que estas dignas trabajadoras realizan, más que guiarme de los casos que llegan a nuestro bufete legal (www.medicallawrd.com), quise irme directamente a la fuente y preguntarles a varias enfermeras sobre cuáles son sus funciones o roles vinculados a los cuidados de los pacientes y recibí respuestas como estas:

“Nosotras, guiadas por las órdenes del médico, canalizamos pacientes, le damos los medicamentos, inyectamos, ponemos y quitamos sondas”.

“Antes de una operación contamos los utensilios a utilizar, las gasas, ampollas, guantes, en fin… todo el material gastable o no. Antes de cerrar la cavidad, la enfermera nuevamente debe de verificar que todo lo utilizado esté completo,ya que hay casos de pacientes post-quirúrgicos que por un descuido han tenido que volver al quirófano porque luego de cerrar la cavidad nos hemos dado cuenta de que tienen un objeto olvidado de la operación”.

“Nosotras, observamos lo que el paciente siente o no siente y lo anotamos en la hoja, es más, escribimos más que el médico tratante. Nosotras tenemos 3 turnos y cada turno debe de anotar sus observaciones”.

“Lo que yo veo mal es que hay enfermeras que antes de llegar su hora de salida ponen todo lo que van a hacer, olvidando que el paciente puede presentar una eventualidad, entonces esa hoja que escribieron tienen que quitarla del expediente y volver a hacer una hoja nueva”.

(Los nombres de las enfermeras han sido reservados).

Entonces ya edificado con lo anterior, legalmente podemos responder

¿Cómo puede incurrir una enfermera en mala práctica médica?

El artículo 1383 de nuestro Código Civil Dominicano establece que “cada cual es responsable del perjuicio que ha causado, no solamente por un hecho suyo, sino también por su negligencia o su imprudencia”.

Pero además, un tribunal en virtud del artículo 1384 del CC puede condenar solidariamente al centro médico en el cual ocurrió la mala práctica médica.

Algunos ejemplos de mala práctica médica: una enfermera que poniendo una inyección por cuyo descuido o imprudencia la coloca mal y causa una lesión al paciente.

Si suministra un medicamento errado, contrario, o en dosis inadecuadas a las indicadas por elmédicoy esto provoca una reacción adversa al paciente.

Si por su imprudencia y negligencia hace un conteo errado del material o instrumentos utilizados antes o después de una operación y se deja un objeto extraño en la cavidad.

Una enfermera que llega al centro médico y antes de hacer su ronda escribe en la nota de enfermería que visitó o recibió al paciente, y que todo está estable, cuando no lo hizo y con el agravante de que pudiera ocurrir una eventualidad en el paciente y tener que borrar, tachar o eliminar la hoja de enfermería llenada precipitadamente y cambiarla por la nueva.

Cabe recordar que el expediente médico de un paciente contiene un resumen de toda su enfermedad, historial, diagnóstico, tratamiento, ordenes médicas, notas de enfermería, etc. y llenarlo inapropiadamente y de manera irresponsable puede causar una lectura errada del estado actual del paciente.

En casos de mala prácticamédica en contra de una enfermera el tribunal para determinar si hubo o no una falta, no solamente podría utilizar un protocolo x, sino también, las órdenes médicas y las propias notas de enfermería.

En su libro: Valor Médico Legal del Expediente Clínico del Dr.Domingo Peña Nina, al referirse a las notas de enfermería dice:

Ante investigaciones por demandas médicas que requieran precisar si hubo o no algún error en la administración de fármacos o por accidentes de los pacientes, las notas de enfermería son las que aportan más informaciones esclarecedoras, de manera que ellas pueden ser una herramienta atenuante, liberadora o condenatoria.

Entonces, nuestra recomendación para nuestras amadas enfermeras a quienes por demás nuestro Estado les adeuda mejorías salariales, es que sigan al pie de la letra las ordenes médicas para los pacientes que se les asignen, y que cada vez que llenen una nota de enfermería lo hagan con responsabilidad y con la mejor claridad posible para beneficio primero de los pacientes y luego de ustedes mismas.



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