¿Cómo establecer una ONG extranjera en la República Domicana?

¿Cómo establecer una ONG extranjera en la República Domicana?

¿Cómo establecer una ONG extranjera en la República Domicana?

Cualquier persona, ya sea física o jurídica, que tenga interés en establecer una delegación o filial de una ONG extranjera o la asociación extranjera misma que desee actuar directamente en el país, de forma estable y duradera, deberá cumplir previamente, con estos pasos y/o requisitos. A saber:

  1. Presentar una copia auténtica en idioma español del documento mediante el cual se le concedió la incorporación y todas las enmiendas que se hubieran hecho hasta la fecha de su presentación;
  1. Presentar un informe firmado por su presidente y secretario y refrendado por la junta directiva (…).
  1. c) Un documento auténtico firmado por el presidente y el secretario, por el cual conste que la asociación ha consentido en poder ser demandada ante los tribunales de la República.
  1. d) El consentimiento escrito y auténtico de la persona que actúe como representante;
  1. e) Descripción de sus vínculos o relaciones con gobiernos, instituciones públicas extranjeras, organismos internacionales, o instituciones sin fines de lucro privadas extranjeras;

Cuando se haya completado lo antes mencionado, habrá una resolución autorizando a la asociación extranjera a funcionar en la República Dominicana. Para sus citas pueden llamar a los teléfonos 829-858-2808, 809-274-8020, o escribiendo a: consultealjurista@gmail.com



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