“Derecho del mar” establece los límites marítimos de los Estados

“Derecho del mar” establece los límites marítimos de los Estados

“Derecho  del mar” establece los límites marítimos de los  Estados

El mar territorial de países archipelágicos como RD es más extenso por medirse a partir de las islas adyacentes. AGENCIA

SANTO DOMINGO.-Los Estados tienen derecho de ejercer su soberanía y explotar sus recursos naturales en espacios marítimos más allá de tierra firme.

De ahí que en el mar también existen reglas que cumplir y distancias que guardar a la hora de movilizarse en embarcaciones, para evitar amenazas contra la soberanía y daños a los recursos marinos de cada territorio.

Esa facultad de los países ribereños y los límites hasta donde pueden ejercer su jurisdicción están establecidos en el “Derecho del mar”, normativa consagrada en la Convención de Naciones Unidas, firmada en el año 1982, en Kinston, Jamaica.

Límite

“Este tratado define dos aspectos, primero: el derecho que tienen los Estados de explotar y administrar sus recursos marinos y, por otro lado, la libertad de transitar por el mar territorial de otros Estados”, explicó Francisco Ortiz, director de Recursos Costeros del Ministerio de Medio Ambiente, especialista en Derecho Internacional y Ambiental.

La norma establece cuatro espacios fundamentales sobre el cuales los Estados tienen derechos, como son: el mar territorial (equivalente a 12 millas náuticas, medidas desde la línea de base recta hacia el mar), lo que quiere decir que la frontera del Estado se aumenta hasta esa distancia.

También está la zona contigua, que es un espacio de 24 millas medido desde la línea base recta, y el Estado tiene derecho a perseguir hasta esa distancia a las personas que hayan violado las leyes nacionales.

“Igual tiene la plataforma continental, línea suave o parte sumergida hasta llegar a cierta profundidad, y luego está el espacio más importante, que es la zona económica exclusiva, que es de unas 200 millas náuticas, medida desde la línea base de baja mar hasta mar abierto”, precisó Ortiz.

Indicó que hasta esa distancia el país tiene el derecho a explotar los recursos naturales vivos, como las especies marinas, y los mineros, por ejemplo el petróleo que se extrae del Golfo México.

Archipielágicos
Los Estados archipelágicos, conformados por un conjunto de islas al que entró a formar parte República Dominicana a través de la Ley 66-07, su mar territorial es mucho más grande, porque la línea base se mide desde las islas adyacentes, como son Saona y Cayo Levantado.

“La Convención de Naciones Unidas les permite a los países declararse Estados archipelágicos cuando poseen una serie de islas, cayos o bancos donde el país ejerce soberanía, como isla Saona”, señaló.

Esa situación se da siempre y cuando esas líneas no perjudiquen el derecho de otros Estados de ocupar sus 200 millas náuticas”, agregó Ortiz, especialista en Derecho Internacional y Ambiental.

Tránsito

—Paso inocente
Es el derecho que tienen los barcos mercantes de transitar por el mar territorial de otros Estados sin pedir permiso y cumpliendo con las reglas, que no sean una amenaza para el Estado ribereño, como es no traficar armas o contaminar las aguas.