Organizaciones piden incluir partidos políticos como sujetos obligados según la Ley lavado de activos

Organizaciones piden incluir partidos políticos como sujetos obligados según la Ley lavado de activos

Organizaciones piden incluir partidos políticos como sujetos obligados según la Ley lavado de activos

Santo Domingo.-Varias organizaciones empresariales y de la sociedad civil expresaron la necesidad de adoptar medidas, políticas y normas que, en su implementación y cumplimiento, garanticen los controles necesarios para prevenir y contener la penetración del crimen organizado en la actividad política.

En ese sentido, consideraron que urge contar con mecanismos para regular el financiamiento de los partidos políticos.

Las organizaciones destacaron que en el país el lavado de activos, vía el financiamiento político, debe prevenirse con todas las herramientas legales y en todas las instancias de la sociedad, sobre todo en aquellas instituciones donde por sus características se puede identificar un importante volumen de Personas Expuestas Políticamente (PEP).

En ese orden, explicaron que la Ley 155-17 incluyó a diversos sectores como sujetos obligados, pero omitió incluir a los partidos políticos a pesar de que en su artículo 46 consideró a las Personas Expuestas
Políticamente (PEP) como factores de alto riesgo en la actividad de lavado.

A continuación el texto íntegro de la carta enviada al Presidente del Comité Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo:

Lic. Donald Guerrero Ortiz

Ministro de Hacienda

Presidente del Comité Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

Su despacho

Ciudad

Referencia: Incluir como sujetos obligados de la Ley No 155-17 a los partidos políticos considerando el riesgo de lavado de activos de dichas entidades.

Las organizaciones firmantes, promueven la necesidad de adoptar medidas, políticas y normas que, en su implementación y cumplimiento, garanticen los controles necesarios para prevenir y contener la penetración del crimen organizado en la actividad política y, en ese sentido, es necesario contar con mecanismos para regular el financiamiento de los partidos políticos.

En el país el lavado de activos, vía el financiamiento político, debe prevenirse con todas las herramientas legales y en todas las instancias de la sociedad, sobre todo en aquellas instituciones donde por sus características podemos identificar un importante volumen de Personas Expuestas Políticamente (PEP).

El financiamiento político sin control es la puerta de entrada del lavado de activos, condicionando su funcionamiento y capturando las estructuras del Estado, penetrándolas para facilitar la actividad del narcotráfico y el crimen, deformando la competencia electoral, la representación y desmantelando el sistema democrático y los cimientos del Estado social democrático de derechos.

Los procesos electorales presentan grandes riesgos y múltiples posibilidades para el financiamiento ilegitimo de las campañas, considerando la ausencia de mecanismos de control, debilidades institucionales, ausencia de marco legal, una cantidad de candidatos/as convertidos en Personas Expuestas Políticamente (PEP) con aspiraciones a cargo electivo, sumado a los pocos instrumentos creíbles para la detección, localización e identificación del lavado de activos en el proceso electoral.

Consideramos que es necesario tener en cuenta que el Grupo de Acción Financiera (GAFI) precisa a las PEP como “individuos que desempeñan o han desempeñado en el país o en el extranjero funciones públicas importantes, por ejemplo, jefes de Estado o de Gobierno, políticos de alta jerarquía, altos funcionarios gubernamentales, funcionarios judiciales o militares, altos ejecutivos de las empresas de propiedad estatal, funcionarios importantes de partidos políticos y los miembros de las familias o asociados cercanos a estas”.

Nuestras organizaciones instan al Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, como órgano de coordinación, responsable del funcionamiento eficiente del sistema de prevención, detección, control y combate del lavado de activos, al cumplimiento de sus funciones, ya que urge elaborar y coordinar la ejecución de la estrategia nacional de prevención, control y combate en materia de lavado de activos, supervisar, administrar y mitigar los riesgos inherentes a estas actividades, coordinando la puesta en práctica de las disposiciones legales y reglamentarias contra el lavado de activos.

La prevención del lavado de activos en el financiamiento político, tiene que considerar las recomendaciones, los estándares internacionales y las mejores prácticas para el combate del lavado de activos, establecidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), porque debe existir una regulación especial, adoptando medidas para establecer el origen de los bienes y fondos, con el objetivo de dar seguimiento permanente a los movimientos financieros de los partidos políticos.

La Ley 155-17 incluyó a diversos sectores como sujetos obligados, pero omitió incluir a los partidos políticos a pesar de que en su artículo 46 consideró a las Personas Expuestas Políticamente (PEP) como factores de alto riesgo en la actividad de lavado.

Por suerte, la propia ley estableció en su artículo 33, párrafo único, que “Reglamentariamente, el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos podrá incluir como sujetos obligados, a quienes realicen otras actividades no incluidas en la presente ley y que se consideren que presenten riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y, como tal, deban contar con mitigadores para impedir que sean utilizadas para dichas actividades ilícitas.”

Por las razones expresadas solicitamos formalmente que el Comité Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, que usted preside, dicte el reglamento correspondiente para incluir a los partidos y agrupaciones políticas como sujetos obligados, a fin de que los mismos estén en la obligación de adoptar un programa de cumplimiento, políticas y procedimientos para evaluar los riesgos de lavado de activos, implementar metodologías de gestión de riesgo, realizar el monitoreo y los procesos de debida diligencia, designar oficiales de cumplimiento y cumplir con las demás obligaciones que establece la ley.

Como el que nada debe nada teme, estamos seguros que los partidos y agrupaciones políticas no se opondrán a la presente solicitud y que usted y los demás miembros del Comité Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo comprenderán que esta propuesta los ayudará en su misión, pues colocará a los partidos y agrupaciones políticas en la misma situación de entidades financieras, abogados, auditores, dealers de vehículos, joyeros, agentes inmobiliarios y otros sujetos obligados, que deben reportar las operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), facilitando enormemente el trabajo de control por parte de las autoridades.

Agradeciendo su atención a la presente y en espera de su respuesta, quedan de usted,

Muy atentamente,

Centro Juan XXIII Centro de Reflexión y Acción Social Padre Juan Montalvo SJ Fundación Masada, Inc. Santiago Somos Todos Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) Asociación de Empresas Industriales de Herrera y Provincia Santo Domingo, Inc Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) Participación Ciudadana, Capitulo Dominicano de Transparencia Internacional CC: Miembros del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo 1.. Dr. Jean Alain Rodríguez, Procurador General de la República. 2. Teniente General Rubén Darío Paulino Sem, Ministro de Defensa. 3. Mayor General (R) P.N. Rafael Guerrero Peralta, Presidente del Consejo Nacional de Drogas. 4. Vicealmirante Félix Pimentel, ARD. Presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas. 5. Lic. Luis Armando Asunción Álvarez, Superintendente de Bancos de la República Dominicana. 6. Lic. Gabriel Castro, Superintendente de valores CC. Miembros Junta Central Electoral 1. Dr. Julio César Castaños Guzmán, Presidente. 2. Dr. Roberto Saladín Selin, Miembro titular. 3. Dra. Rosario Altagracia Graciano de los Santos, Miembro titular. 4. Dra. Carmen Imbert Brugal, Miembro titular. 5. Dr. Henry Mejía Oviedo, Miembro titular.

 

 



Noticias Relacionadas