TSE dispone continuar extensión horario en jornada laboral

Tribunal Superior Electoral dispone continuar extensión horario en jornadas laborales de lunes a domingo

Tribunal Superior Electoral dispone continuar extensión horario en jornadas laborales de lunes a domingo

Santo Domingo.- Con motivo de las elecciones municipales previstas para el domingo 18 de febrero, el Pleno del Tribunal Superior Electoral (TSE) dispuso continuar la extensión del horario en las jornadas laborales de lunes a viernes y los fines de semana.

La Alta Corte ordenó nuevamente que el horario de atención al público de lunes a viernes sea hasta las 7:00 de la noche, para recibir y tramitar documentos o solicitudes, específicamente en asuntos contenciosos electorales, a través de su Secretaría General.

«De conformidad con el artículo 39 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, se aprueba la habilitación de los días sábados y domingos del 01 al 29 de febrero del año en curso, para conocer en audiencia pública o en cámara de consejo, las demandas o acciones de las que cuales sea apoderado este Tribunal. Asimismo, se aprueba la ampliación del horario de servicios a los ciudadanos, de lunes a viernes hasta las 7:00 P.M., para recibir y tramitar documentos o solicitudes, vía Secretaria General, específicamente en materia contenciosa electoral”, precisa la disposición.

El Pleno del TSE, conformado por el juez presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo; Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz, jueces titulares, tomó la decisión durante una sesión administrativa extraordinaria celebrada el pasado 31 de enero 2024.

La disposición está consignada en la cuarta resolución del acta, marcada con el número 03/2024.

El Pleno adoptó la decisión basado en el artículo 39 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, que establece medidas especiales a disposición de los órganos contenciosos electorales, al indicar que «Los órganos contenciosos electorales, por las competencias que les han sido conferidas por la Constitución, las leyes y el reglamento, tendrán la facultad de disponer cualquier medida que consideren necesaria para responder en tiempo oportuno y dentro de los plazos establecidos en esta materia, a los procesos de los que estén apoderados».

Esta disposición abarca las áreas de Dirección Administrativa y Financiera; Comunicaciones; Tecnología de la Información; así como la dirección Contencioso Electoral y el departamento de Seguridad, entre otros.



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