Sentencia TC no tuvo “votos salvados”

danil1
El presidente Danilo Medina. Archivo

El Tribunal Constitucional no registró “votos salvados” o disidentes en la sentencia en la que declara inadmisible la instancia en la que se pedía declarar inconstitucional el transitorio de la Constitución que impide al presidente Danilo Medina presentarse como candidato presidencial para los comicios del 2020.

La sentencia señala que el Tribunal Constitucional no puede declarar inconstitucional una parte de la Constitución.

La instancia contra el transitorio vigésimo de la Constitución fue introducido por Fredermido Ferreras Díaz, el 15 de febrero pasado, con lo que se buscaba habilitar al presidente Medina como eventual candidato presidencial para 2020.

Etiquetas

sentencia

Sobre el autor

El Día

Desde su fundación el 5 de marzo de 2002, el matutino EL DÍA se ha consolidado como uno de los medios de comunicación más influyentes de la República Dominicana. A través de nuestras ediciones impresa y digital, y con una fuerte presencia en redes sociales, hemos mantenido el compromiso de ofrecer una cobertura informativa veraz, ética y objetiva.

Nuestro diario fue fundado por Rafael Molina Morillo, un visionario del periodismo, quien lideró EL DÍA hasta su fallecimiento en a...