Respeto de la palabra dada

Respeto de la palabra dada

Respeto de la palabra dada

El principio de la autonomía de la voluntad permite a las personas obligarse libremente en el sentido que lo consideren.

El aludido principio tiene como resultado necesario algo de mucho peso, así lo deja claramente establecido el artículo 1134 del Código Civil, el respecto de la palabra empeñada, sobre la base de que el deudor se ha obligado libremente a dar cumplimiento a lo prometido y no, como algunos en la práctica pretenden, a otra cosa distinta según convenga a sus intereses.

Es normal escuchar a las personas afirmar cuando otro no cumple con lo que ha prometido, en la gran mayoría de las veces sin conocer su origen legal, que la palabra otorgada merece respeto de aquel que la ha consentido.

En tal sentido es el mimo legislador quien en la redacción del artículo 1134 del Código Civil refiere de manera clara y precisa, que las convenciones legalmente pactadas tienen fuerza de ley para las partes y deben ejecutarse de buena fe, es decir, tal como lo dejó sentado nuestro más alto tribunal de justicia, de un modo sincero y justo, sin que se vislumbre malicia alguna en la ejecución correspondiente al cumplimiento.

No pocos conflictos se generan a partir del irrespeto, total o parcial, por parte de quien se ha obligado a cumplir con una prestación cualquiera en beneficio de un acreedor, cosa que indudablemente es fuente de desconfianza que impide la celebración de futuros pactos, en el entendido de que quien así actúa queda marcado como una persona que falta a la palabra dada. Lo que se ha convenido no puede el deudor cuando corresponda su cumplimiento, de manera unilateral y sin una justa razón, querer variar o dejar sin efecto la ejecución de su obligación.

El consentimiento otorgado libremente por las partes envueltas en una transacción, es el reflejo de un acuerdo que crea obligaciones respecto de ellas, que deben respetar y cumplir en el sentido que han sido concebidas y no como una de ellas se le antoje ejecutarlas en su momento.

Una obligación contraída no es una simple cosa con la cual se puede jugar como le parezca, es algo muy serio que permite a los demás poder aquilatar en su justa medida si usted honra o no la palabra dada.



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