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Abusó de seis niñas y solo recibió 10 años; hoy el nuevo Código Penal le daría hasta 30 o más

Johan Castillo se hizo pasar por pastor y abusó de su autoridad; con el nuevo Código Penal habría recibido hasta 30 años de cárcel

Santo Domingo.- Con la aprobación del nuevo Código Penal, las penas contra quienes agredan sexualmente a niños, niñas y adolescentes en República Dominicana serán mucho más severas. El marco legal contempla condenas de hasta 30 años de prisión y multas de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público para los responsables.

En los casos en que la agresión sexual cause la muerte de la víctima, la sanción se eleva a treinta a cuarenta años de prisión mayor y multa de cincuenta a mil salarios mínimos del sector público.

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El artículo 140 del nuevo Código Penal establece que si la agresión sexual es cometida contra un pariente natural, legítimo o adoptivo hasta el cuarto grado de consanguinidad o el tercer grado por afinidad, se considerará agresión sexual incestuosa y será castigada con diez a veinte años de prisión mayor, además de una multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.

Asimismo, en el párrafo de ese artículo se indica que, si el abuso incestuoso es cometido por un adulto contra un niño, niña o adolescente, la pena será de veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos.

¿Qué decía el antiguo Código Penal?

Bajo la ley anterior, la violación era sancionada con diez a quince años de reclusión y multas de cien mil a doscientos mil pesos. Sin embargo, cuando la víctima era una persona especialmente vulnerable, como una mujer embarazada, una persona con discapacidad o un menor de edad, la pena se incrementaba a diez a veinte años de prisión.

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También se establecían agravantes cuando el agresor era un ascendiente (padre, tutor) o una figura de autoridad que abusaba de su posición para cometer el delito.

Un caso reciente que conmocionó a la sociedad

Aunque el tema es sensible y doloroso para muchas personas, es una realidad latente que ocurre con más frecuencia de la que muchos imaginan. Un ejemplo reciente es el caso de Johan Manuel Castillo Ortega, un hombre que se hacía llamar pastor, quien fue condenado hoy a 10 años de prisión por agredir sexualmente a varias niñas y adolescentes en el municipio de Los Alcarrizos.

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Este caso fue visibilizado en medios de comunicación debido a la autoridad religiosa que representaba el agresor y la vulnerabilidad de las víctimas, quienes formaban parte de su congregación. Sin embargo, no es un caso aislado.

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Según datos del UNICEF, el 3 % de los niños y adolescentes de entre 1 y 14 años han sido víctimas de disciplina violenta en sus hogares, y un 29 % de las víctimas de delitos sexuales reportados en el país son menores de edad.

De acuerdo con el Ministerio Público, Castillo Ortega utilizaba su posición religiosa como fachada para acercarse a sus víctimas. Una de ellas, ya adulta, relató que fue agredida sexualmente cuando tenía solo siete años de edad.

Además de la condena penal, el tribunal lo sentenció al pago de una multa de cien mil pesos y a indemnizar a las víctimas con un millón de pesos.

¿Podría haber recibido más de 30 años de cárcel con el nuevo Código Penal?

Sí. Aunque Johan Castillo fue condenado a 10 años en un solo juicio, el nuevo Código Penal permite aplicar el cúmulo de penas cuando hay múltiples víctimas y agresiones sexuales distintas. Cada delito cometido contra una menor podría ser castigado con 20 a 30 años de prisión, lo que, sumado, habría resultado en una condena mucho más severa, hasta un máximo de 60 años, si el tribunal decidía individualizar cada agresión.

Castillo fue juzgado por un solo expediente, pero las víctimas fueron seis niñas y adolescentes.

Según el Ministerio Público, los abusos fueron reiterados, y aprovechó su figura de pastor para manipular y agredir a múltiples menores.

Con el nuevo Código Penal, las condenas por abuso sexual de menores pueden ser de 20 a 30 años de prisión mayor por cada víctima, si hay agravantes como abuso de autoridad, relación de confianza o incesto.

Si el tribunal aplica el cúmulo de penas, la condena total podría superar los 30 años y alcanzar hasta 60, dependiendo de cómo se tipifiquen los hechos.

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Katherine Espino

Katherine Nicole Espino Cuevas. Periodista, locutora profesional y CMM. Máster en Comunicación Política Avanzada por Next Educación (Madrid). Amante de la escritura bien hecha, las historias con sentido humano y las causas sociales. Creo en la comunicación con propósito, en los valores y en ...

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