¿Cuáles son los tipos de abuso infantil y qué sanción merece el agresor?

¿Cuáles son los tipos de abuso infantil y qué sanción merece el agresor?

¿Cuáles son los tipos de abuso infantil y qué sanción merece el agresor?

A la izquierda, la niña Liz María, a la derecha su presunto asesino, Esterlin Francisco Santos.

Por: Katherine Espino.

En las últimas semanas, la sociedad dominicana volvió a ser estremecida tras conocerse los casos en los que niños fueron violados y/o asesinados por personas cercanas a sus familias.

Hechos desgarradores que han consternado a toda la sociedad se repiten de forma intermitente pero con otros actores; donde las voces de las víctimas claman en la conciencia ciudadana, pero ven morir la esperanza en el último latido de su corazón.

El 28 de agosto la Policía Nacional, a través de su Departamento de Trata y Tráfico de Personas, apresó a un hombre que, presuntamente, confesó que violaba a su sobrina de nueve años.

Supuestamente bajo el conocimiento de la madre de la infante, (hermana del sospechoso) quien cumple tres meses de prisión preventiva como medida de coerción por cargos de explotación sexual. No obstante, el abuso fue denunciado por la abuela paterna de la menor, con quien vive.

Sin embargo, es el caso de la niña Liz María de apenas 9 años de edad, abusada sexualmente, estrangulada y posteriormente lanzada al Mar Caribe el 16 agosto (en palabras de su confeso verdugo); que conmovió incluso al Presidente de la República, y causó indignación no solo en el país sino también en el exterior.
Ante tales acontecimientos, surgen grandes interrogantes ¿Cómo identificar cuando un menor está siendo violentado? ¿Cuál es la sanción que merece el victimario? o ¿Cuales son las características de los agresores?

La ley 136-03 sobre el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes; en su artículo 396 establece que se considera abuso físico cualquier daño físico que reciba el niño, niña o adolescente, de forma no accidental y en que la persona que le ocasione esta lesión se encuentre en condiciones de superioridad o poder.

A su vez, se considera abuso sicológico cuando un adulto ataca de manera sistemática el desarrollo personal del niño, niña o adolescente y su competencia social; y abuso sexual la práctica sexual con un niño, niña o adolescente por un adulto, o persona cinco (5) años mayor, para su propia gratificación sexual, sin consideración del desarrollo sicosexual del niño, niña o adolescente y que puede ocurrir aún sin contacto físico.

En tal sentido, la sanción por abuso físico, psicológico y sexual será de penas de dos (2) a cinco (5) años de prisión y multa de tres (3) a diez (10) salarios mínimos establecido oficialmente, vigente al momento de cometer la infracción, si el autor (a) del hecho mantiene una relación de autoridad, guarda o vigilancia (maestro, guardianes, funcionarios, policías, etc.) sobre el niño, niña o adolescente y se producen lesiones severas, comprobadas por especialistas en el área, se aplicará el máximo de la pena indicada anteriormente.

En caso de que los infractores sean extranjeros o nacionales que en la comisión del hecho negocien, trafiquen o se hayan vinculado para la comisión del hecho con traficantes o comerciantes de niños, niñas y adolescentes, serán castigados con el doble del máximo de la pena.

De igual manera, el art. 397 sanciona el abuso por sus responsabilidades. Si el abuso es cometido por el padre, la madre y otros familiares, tutores o guardianes, responsables del niño, niña o adolescente, en contra de sus hijos, hijas o puestos bajo su guarda o autoridad, serán sancionados con privación de libertad de dos (2) a cinco (5) años y multa de uno (1) a cinco (5) salarios mínimos establecido oficialmente. En todo caso, la pena debe ir acompañada de tratamiento psicoterapéutico.

Salvo algunas excepciones, los abusos sexuales a menores de edad tienen ciertas características; en el caso de las niñas, los agresores suelen ser adultos varones que, en la mayoría de los casos, son parientes o conocidos de la familia; así indica el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI).

El programa Protección infantil contra la violencia, la explotación y el abuso sexual de UNICEF, indica que el país el 3% de los niños y adolescentes de 1 a 14 años son víctimas de disciplina violenta en sus hogares; mientras que un 29% de las víctimas de delitos sexuales reportados son menores de edad.

Una característica propia de los infantes es no poder expresar textualmente cuando son víctimas de algún tipo de abuso, sin embargo pueden dar señales de alerta para detectar el abuso, tales como señales físicas repetidas (moretones, quemaduras), cambio significativo en el rendimiento académico, comportamiento agresivo, tristeza constante, fugarse de la casa o la escuela, daño o maltrato en el área genital, temeroso de alguien en particular o quiere pasar mucho tiempo con una persona en especial, entre otros.



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