La reclasificación de las empresas no es vinculante con el Comité Nacional de Salarios

La reclasificación de las empresas no es vinculante con el Comité Nacional de Salarios

La reclasificación de las empresas no es vinculante con el Comité Nacional de Salarios

Efraín Sánchez Soriano (Pocholo), dirigente sindical.

*Por Efraín Sánchez Soriano (Pocholo)

El Comité Nacional de Salarios solo se reúne para aplicar tarifa salarial. La reclasificación de las pequeñas y medianas empresas, las “Pyme” es otra categoría que no está dentro de las discusiones salariales. Además, lo que en realidad está actualmente en consideración es el reajuste del salario mínimo vital, es decir, el monto de ingresos indispensables para la subsistencia de un trabajador no especializado y su familia, para acercarlo al costo mínimo de la canasta familiar. Por eso, la actual existencia de diferentes salarios mínimos nacionales es ya una aberración.

Lo que debería corresponder al Comité Nacional de Salarios es establecer salarios mínimos superiores para las ocupaciones especializadas, sin tener nunca en cuenta el tamaño de la empresa. Por el contrario, es al Estado al que corresponde tomar disposiciones en favor de aquellas que necesiten una cierta cooperación para que puedan desarrollarse. No es hacia al salario al que deben enfilarse los cañones, sino a las autoridades cuya misión es redistribuir con espíritu de equidad las riquezas nacionales.

¿Cuál es la estrategia oculta de los empleadores con la pretendida clasificación de las empresas? Pues la de establecer salarios mínimos diferentes para cada grupo de empresas para entonces subdividir sus empresas grandes para pagar menores salarios a sus trabajadores y evadir impuestos, con lo cual estarían paralelamente dando también un golpe mortal al derecho de sindicación y de negociación colectiva, lo que además comportaría una movilidad de más de 430,000 trabajadores que irían a parar a las empresas reclasificadas, con salarios mínimos inferiores y con aún más bajos niveles de pobreza.

Los patronos plantearon han argumentado que no pueden aumentar los salarios por el alto costo que esto conlleva, y en la propuesta que ahora presentan en concreto también pretenden la modificación del Código de Trabajo en lo referente a la cesantía y a los plazos de los procedimientos para la ejecución de las sentencias.

Y si bien podría considerarse la revisión de los procedimientos, con el objeto de hacer más eficaz la aplicación de las disposiciones legales al respecto, de ninguna manera podemos aceptar que la cesantía sea parte de una negociación que lo que busca es reducir la protección que el derecho del trabajo establece a favor de los asalariados.

El convenio 158 de la OIT, establece que no se pondrá término a la relación de trabajo de un trabajador, a menos que exista para ello una causa justificada relacionada con su capacidad o su conducta o basada en la necesidad de funcionamiento de la empresa, establecimiento o servicio. (Art. 4, convenio 158). La indemnización por cesantía por romper el contrato de trabajo sin ninguna causa, esto lo hemos dicho muchas veces, no es un costo fijo para el patrono, sino eventual; es un pago ocasional que se debe hacer solo en los casos en el que el patrón pone término al contrato de trabajo sin alegar causa o ejerce el despido sin causa justificada.

El sector patronal pretende eliminar la cesantía basándose en que aparte de pagar esas prestaciones, tienen también costos laborales que tienen que asumir, y citan el salario de navidad, la participación de los trabajadores en los beneficios de la empresa, las vacaciones pagadas, las prismas en días no laborables, por trabajo extraordinario, por jornada nocturna, licencia por enfermedad y maternidad, el pago de lactancia. Estas prestaciones adicionales son contingentes y sólo tienen lugar cuando se cumple una condición determinada. Además, son fruto de la presión de los trabajadores a nivel mundial en procura de una mejor distribución de la riqueza, pero que en nuestro país tienen poco impacto debido a la falta de voluntad política de las autoridades para ponerlas en práctica. Son conquistas del derecho del trabajo que deben estar fuera del debate.

Los patronos están proponiendo de forma pública y velada la eliminación principalmente del derecho a la cesantía que es un derecho consignado desde la época de la tiranía trujillista y que se aumenta en 6 días de salario por año a partir del 1992 cuando se produce la modificación más amplia de nuestra ley laboral.

Cuando los patronos dicen “no vamos a eliminar derechos adquiridos”, lo que en realidad están pretendiendo es eliminar la cesantía o reducirla sustancialmente para los nuevos trabajadores. Es pretender enfrentar a los trabajadores actuales con los que sean contratados en lo adelante. Si bien no constituye una modificación retroactiva de la ley, sí constituye la eliminación de derechos que ya tenemos los trabajadores actualmente, como es la indemnización que deben recibir cuando el contrato de trabajo termine sin ninguna causa que lo justifique, sea mediante el ejercicio del desahucio, el despido injustificado o la dimisión justificada.

Sin embargo, a pesar de que los trabajadores debemos procurar siempre avances en el derecho del trabajo, en los momentos actuales el movimiento sindical está muy débil y disperso, por lo que no es conveniente tratar este tema en las actuales circunstancias. La patronal exhibe mucha coherencia en sus planteamientos clasistas y anti obreros y goza del favor de las autoridades encargadas de impedir sus abusos. Antes de continuar abordando la discusiones de la propuesta patronal sobre el salario y modificación del código, la dirección sindical debería convocar un gran encuentro nacional con su base y el movimiento social, gremial y de organizaciones profesionales, para elaborar un programa de lucha que incluya vigilias, marchas, piquetes, etc, y promueva si es necesario la huelga nacional para arrancarle un aumento sustancioso de salario en beneficio de los trabajadores dominicanos.

¡Todos debemos asistir a la vigilia del día 30 de mayo a las 10 de la mañana en la Torre Empresarial!



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