La ley de extinción de dominio y la protección a los lavadores

La ley de extinción de dominio y la protección a los lavadores

La ley de extinción de dominio y la protección a los lavadores

*Por J. Alexander Pérez

La República Dominicana por su posición geográfica y sus niveles de desarrollo económico no escapa a la mira de las grandes mafias de la región, y principalmente los carteles del narcotráfico, que es altamente reconocido que la utilizan como puentes para mover sus cargamentos hacia Estados Unidos, Europa y otras latitudes.

De esta manera se mueve en el país un torrente financiero en dos direcciones, por el pago del transporte de esos cargamentos, ya sea líquido o en especie, y por lavar las utilidades que se obtienen en esas actividades criminales, que involucra a sectores de todos los estamentos sociales y económicos; desde grande, mediano y pequeños empresarios, como profesionales, técnicos, funcionarios públicos, incluyendo militares y policías.

Un grupo de especialistas del tema penal, que incluso han trabajado con la ley de lavado de activos en un texto que hicieron para el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), concluyeron que: “que una parte considerable de empresarios, jueces de las distintas jurisdicciones y, sobre todo, de políticos, podrían constituirse en los principales infractores de la ley de lavado de activos, especialmente cuando asumen cargos públicos, quienes en gran medida no toleran las tentaciones, no solo con el enriquecimiento con dinero ajeno, sino también con el tráfico de influencia, el soborno, la extorsión y el cohecho”.

Cuando se votó la ley contra el lavado de activo se asestó un golpe importante a las diversas actividades criminales. Sin embargo, esos elementos han seguido actuando con mas intensidad, porque los grandes capitales y bienes acumulados le han servido de plataforma para salir de prisión y volver a organizar sus redes operativas.

Incluso, la mayoría de los extraditados y condenados en Estados Unidos, es de conocimiento público que cuando han retornado al país recuperan sus bienes incautados, y de algún modo blanqueados por aquello del (Non bis in ídem), nadie puede ser juzgado dos veces por la misma causa, porque el Ministerio Público local le retira los cargos para que pueda ser juzgado por tribunales estadounidenses.

Entonces, frente a la corrupción, las drogas, el crimen organizado, y el terrorismo el Programa de Asistencia Legal en América Latina y el Caribe (LAPLAC) ha planteado la ley marco sobre Extinción de Dominio, que procura fortalecer los instrumentos orgánicos y legales de los países, despojando de los bienes acumulados a quienes incurran en actividades ilícitas.

La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) define la extinción de dominio como una medida jurídica contra los bienes de origen o destino ilícito, de toda clase de activos que integran la riqueza derivada de la actividad criminal.

En un seminario organizado por Business Alliance for Secure Commerce (BASC), un experto de la firma de auditores KMPG observó: “Hay un incremento del lavado de activos que no va a parar, porque siempre va a haber instituciones y personas tratando de que ese dinero se convierta en algo lícito”.

Luego añadió: En el caso dominicano es muy usual el blanqueo en el sector inmobiliario. Se oye hablar mucho de lavado de dinero, de muchas torres que no están ocupadas y que están disfrazadas para lavar el dinero a través de inversiones. Pero cada sector en sentido general tiene su mecanismo para hacerlo”

Los países que ya cuentan con una ley de extinción o pérdida de dominio como son Colombia, Guatemala, Honduras, México y Perú, han creado un listado de delitos imprescriptibles y hasta definen el destino que darán a los recursos venidos de estos procesos

El artículo 51 acápite 5 de la Constitución de la República establece: “Sólo podrán ser objeto de confiscación o decomiso, mediante sentencia definitiva, los bienes de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan su origen en actos ilícitos cometidos contra el patrimonio público, así como los utilizados o provenientes de actividades de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas o relativas a la delincuencia transnacional organizada y de toda infracción prevista en las leyes penales”.

Hay un punto en este instrumento que ha generado mucha controversia, como es que los delitos de extensión de dominio son imprescriptibles, sin importar que se haya cometidos antes de votar la ley, porque algunos no han entendido como ha evolucionado la lucha contra estos crímenes.

Ese proyecto de ley lleva más de siete años engavetado en la Cámara de Diputados, a pesar que ha sido aprobado en el Se¬nado, previamente consensuado con la sociedad civil, expertos en el tema, organismos internacionales, incluyendo la Embajada de Estados Unidos y otras instancias.

Con la inercia con que actúa la clase política frente a un instrumento tan importante en el combate al crimen organizado, la corrupción y el lavado, hay que colegir que estos, junto a otros sectores temen afilar cuchillos para su destrucción.

La pasada semana publicamos un trabajo en el que advertíamos que las redes del narcotráfico con las máscaras de “banqueros” (riferos) están filtrando instituciones tan importantes como el Congreso Nacional, que junto a los altos niveles de corrupción que domina a sectores políticos, tienen “durmiendo el sueño eterno” este proyecto de Ley de Extinción de Dominio.

@alexandrperez



Noticias Relacionadas