SANTO DOMINGO.-El jurista Julio Cury sugirió la modificación de los artículos 141 del Código de Procedimiento Civil y 24 del Código Procesal Penal a fin de asegurar que los jueces cumplan responsablemente con sus funciones.
Esos textos les exigen indicar los fundamentos de hecho y de derecho en que sustentan sus decisiones, y la reforma que planteo consiste en reputar irrefragablemente como faltas inexcusables susceptibles de ser civil y disciplinariamente condenadas, la omisión de esa formalidad, manifestó.
Dijo que es necesario restringir la discrecionalidad de que gozan los jueces para interpretar y aplicar la ley.
El legislador ha erizado de obstáculos el derecho de los litigantes de exigirles a los jueces respeto por las normas de derecho. Y la ausencia de un régimen de consecuencias civiles y disciplinarias que los apremie a cumplir sus funciones con celo y cautela, es lo que explica la alta incidencia de decisiones judiciales reprochables que han deteriorado la calidad y confiabilidad de ese indispensable servicio social, expresó el renombrado jurista.
Explicó que hace muchos años en Francia se introdujeron las modificaciones que él propone, y apuntó de modo categórico que ligerezas, excesos y faltas inexcusables se cometen con más penosa frecuencia en materia civil y penal sin que medie sanción alguna.
Aclaró que el artículo 24 del Código Procesal Penal debería especificar las sanciones aplicables a los jueces en los casos de que motiven vaga, insuficiente o torpemente sus decisiones, pues su redacción actual apenas menciona que los jueces son pasibles de sanciones de lugar, sin precisarlas.
Cury, quien es miembro del Consejo Asesor del candidato presidencial del Partido Revolucionario Dominicano, Hipólito Mejía, dijo que si a las partes litigantes se les reconociera el derecho de perseguir civil y disciplinariamente a los jueces cuando incumplen con fundamentar correctamente sus sentencias, o cuando deliberada o involuntariamente se valen de razonamientos jurídicos absurdos, se reduciría la cantidad de fallos medalaganarios e injustos, adujo.
El destacado abogado dijo que la ausencia de un régimen sancionador es aprovechada por algunos jueces para acomodar las leyes con subjetivismos divorciados de la voluntad del legislador que terminan traduciéndose en abusos.
A veces no vale la pena devanarse los sesos para sustentar legalmente la causa que se defiende, porque el desenlace de muchos procesos no termina correspondiéndose con la solución que prevé la ley, sino con la que la ignorancia, el capricho y hasta la venalidad se antojan de darle, afirmó el jurista y asesor de Hipólito Mejía.