Janet Camilo llama a JCE a recordarle a las alcaldías los plazos para la inauguración de obras, previo a las elecciones

Janet Camilo llama a JCE a recordarle a las alcaldías los plazos para la inauguración de obras, previo a las elecciones

Janet Camilo llama a JCE a recordarle a las alcaldías los plazos para la inauguración de obras, previo a las elecciones

La precandidata a la Alcaldía del Distrito Nacional, por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) Janet Camilo, hace un llamamiento a la Junta Central Electoral (JCE) para que advierta a los todos los cabildos del país, a no incurrir en actos de licitación e inauguración de obras fuera de los plazos establecidos por este organismo.

Camilo señala que es de vital importancia hacer el recordatorio en el momento oportuno para evitar violaciones a la Ley núm. 20-23 Orgánica de Régimen Electoral y no volver a caer en la situación que se vive en la actualidad con relación a las prohibiciones de actividades, a destiempo, que realizan algunos partidos políticos para promover y publicitar a sus precandidatos.

“Es preciso recordarle a la Alcaldía del Distrito Nacional que ya es muy corto el tiempo restante para la inauguración de determinadas obras, previo a los comicios del 18 de febrero. Esto, según lo disponen los plazos comprendidos en la Ley del Régimen Electoral que, establecen que 40 días previos a la celebración de los comicios municipales no se permite la inauguración de obras públicas”, precisó Camilo.

La exministra de la Mujer advirtió que, “estaremos atentos al cumplimiento del debido proceso de las normas y plazos establecido dentro de la Ley de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; considerando que hasta la fecha esta alcaldía no ha iniciado algunas obras prometidas, por lo que entendemos que no podrán ser finalizadas para su inauguración antes del 9 de enero, tal como lo instituye la Ley 20-23; sino que tendrán que esperar a la culminación de los comicios electorales”.

Camilo reiteró que, “las alcaldías tienen explícitamente prohibido efectuar inauguraciones de obras públicas, 40 días previo a las elecciones municipales, según lo establece el artículo 210, párrafo VI, de la Ley núm. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral”.



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