Estado buscará incrementar sus beneficios en explotación de minas

Estado buscará incrementar sus beneficios en explotación de minas

Estado buscará incrementar sus beneficios en explotación de minas

El Estado busca establecer nuevas normas en la explotación y beneficios del sector de la minería.

Santo Domingo.-El anteproyecto de ley de la Minería Nacional –en fase de consulta y socialización por parte del Ministerio de Energía y Minas- establece un esquema de beneficios para al Estado en las explotaciones mineras que fluctúan entre 40 % y 60 %.

Para esos fines, la pieza crea el concepto de Participación en la Renta Estatal Minera, para mejorar los ingresos del Gobierno provenientes de la actividad extractiva.

Esta figura funcionará en el marco de un nuevo régimen fiscal y compensatorio que está descrito en el anteproyecto de legislación elaborado por un equipo multidisciplinario del Ministerio.

El documento establece que para las concesiones de explotación o planta de beneficio, la Participación en la Renta Estatal Minera en ningún caso podrá ser inferior al 40 % de la Renta Minera Total de cada concesión de explotación o beneficio.

Sostiene que, sin embargo, la participación del Estado podría variar desde un 44 % hasta un 60 %, en atención a coyunturas de precios excepcionalmente favorables.

El anteproyecto, que se encuentra en manos del Ministerio de la Presidencia, instituye también el régimen de regalías o de contraprestaciones que se cobrarán como porcentaje, fijo o progresivo del producto bruto explotado y sus subproductos.

Transparencia y control

Además de establecer un esquema fiscal, el Ministerio de Energía y Minas incorpora en el anteproyecto la obligatoriedad de publicar trimestral y anualmente los estados financieros de las empresas mineras, como dispositivo de transparencia.

Introduce un régimen de consecuencias para las actividades mineras ilícitas, las cuales podrían ser castigadas con la inhabilitación hasta por 15 años más el cobro de las indemnizaciones que correspondan a favor del Estado.

Propone la racionalización del tiempo de vigencia de las concesiones: prospección, un año; exploraciones no metálicas, tres años, y exploración metálica, cinco años.

El máximo de duración de los derechos para explotación es de 25 años. En la actual Ley Minera 146-71, esta vigencia puede ser de hasta 100 años.

Nueva regulación

Otra novedad introducida es la obligación del concesionario de informar sobre el hallazgo de sustancias no autorizadas en la concesión y, en caso de explotación, pagar los tributos y regalías previstos en la ley.



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