Desde la Constitución de 1844 se estableció que nuestro país se constituía en un Estado unitario con dos niveles de gobierno, el central y el local.
El nivel de gobierno local fue adquiriendo diversas configuraciones a lo largo del tiempo, a partir de la promulgación de diferentes leyes municipales desde la Primera República hasta la actualidad.
En el año 2007, una importante coalición de organizaciones y personas con visión municipalista, logramos la aprobación de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios que derogó la Ley de Organización Municipal del año 1952 y que, junto a las novedades establecidas con la reforma constitucional de 2010, supone hoy la base del régimen jurídico actual de los gobiernos locales, otorgándoles su autonomía y su rol promotor del desarrollo en el territorio.
Así, la Ley 176-07 en su artículo 2 establece que “el ayuntamiento constituye la entidad política administrativa básica del Estado dominicano, que se encuentra asentada en un territorio determinado que le es propio.
Como tal es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que la Constitución y las leyes lo determinen”.
De esta manera, el fin último del gobierno local es garantizar el desarrollo sostenible y el bienestar de su población. Para ello, cuenta con unas responsabilidades propias y compartidas con el Gobierno central (art. 19 de la Ley 176-07), una estructura y personal administrativo definido por el propio marco legal y unas fuentes de recursos vía transferencias del Estado, tasas y arbitrios.
Este objetivo del gobierno local es equivalente al propio del Estado, y por tanto, la acción del Gobierno central y de los gobiernos locales debe ir en consonancia, coordinados bajo un mismo fin, en función de sus diferentes responsabilidades, para garantizar conjunta y complementariamente la mejora de las condiciones de vida de la gente; y esto es precisamente a lo que se refiere el presidente de la República, Luis Abinader, cuando habla de “Un solo gobierno”.
Un solo gobierno es una consigna que, tal y como él ya ha demostrado en estos cuatro años del gobierno del cambio, no consiste en gobernar por encima de los gobiernos locales.
Al contrario, el presidente Luis Abinader se ha caracterizado por ejercer un modo de gobierno en el que las necesidades sentidas de cada demarcación han tenido quién las escuche, canalice y las convierta en respuesta pública, ya sea a través de programas o acciones concretas, o a través de políticas públicas con visión territorial.
Un solo gobierno, por tanto, simboliza un Estado articulado en el que los gobiernos locales ven respetada su autonomía y son apoyados desde el gobierno central para afianzar su fortalecimiento institucional y los servicios municipales, al tiempo que la acción gubernamental se desarrolla de manera complementaria a la acción del gobierno local para potenciar el desarrollo en cada territorio.
Con ello, Un solo gobierno nos llevará a una acción estatal más efectiva, con una Administración pública más fortalecida institucionalmente bajo los principios de la transparencia y la calidad, garantizando mejores servicios públicos e iniciativas para el desarrollo que impacten en la calidad de vida de la gente, ahí donde desarrollan su cotidianidad, esto es, en cada municipio y distrito municipal del país.
*Por Víctor D’Aza Tineo