Santo Domingo.- Un total de 57 feminicidios se han registrado en distintas provincias de la República Dominicana entre enero y la fecha, de acuerdo con las estadísticas de la Procuraduría General de la República (PGR). La información fue ofrecida por la procuradora general, Yeni Berenice Reynoso, durante un taller de formación sobre el nuevo Código Penal dirigido a periodistas de la fuente judicial.
Reynoso explicó que el feminicidio es la muerte de una mujer a manos de su pareja o expareja por razones de género, independientemente de la edad o del tiempo de la relación. El que cometa el delito de feminicidio recibirá una condena de 40 años de cárcel, de acuerdo al nuevo Código Penal Dominicano que ya entro en vigencia su aplicación.
"Nosotros sí lo llevamos. Llevamos 57. En 23 casos se usó arma blanca; en 19, arma de fuego; seis fueron por asfixia; cuatro mediante combustibles y el resto con otros tipos de armas contundentes o envenenamiento. En 35 casos el agresor era la pareja y en 17 la expareja", expresó.
La magistrada señaló que aproximadamente el 23 % de quienes asesinan a su pareja se suicidan.
"Lo que quiere decir que ese 23 %… esa norma no se le aplicará, porque al final tomaron la decisión de cometer un suicidio. Son 23 de cada 100 casos", indicó.
Orden de protección será un delito autónomo
La procuradora general explicó que, con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, la violación de una orden de protección dejará de ser únicamente una agravante y pasará a constituir un delito independiente.
"Si solo la violentó, el nuevo Código Penal establece una condena de dos a cinco años de cárcel, aunque pudiera existir concurso con otros delitos. Si se viola una orden de protección, ya se configura un delito autónomo", afirmó.
Añadió que, si una persona viola una orden de protección y posteriormente comete un feminicidio, ese hecho será considerado un feminicidio agravado.
Nuevo Código Penal incorpora la violencia económica y patrimonial
Entre las principales novedades del nuevo Código Penal, Reynoso destacó la incorporación de la violencia económica y la violencia patrimonial como modalidades de violencia de género e intrafamiliar.
Precisó que la violencia económica consiste en controlar, restringir o manipular los recursos financieros de la víctima mediante amenazas, coerción o cualquier medida que limite su acceso a bienes y servicios, incluyendo la retención del salario o la apropiación de bienes.
La magistrada indicó que esta situación suele presentarse con frecuencia durante procesos de divorcio o separación.
Por su parte, la violencia patrimonial comprende cualquier acto que implique daño, destrucción, sustracción o apropiación de bienes materiales con el propósito de mantener una posición de poder sobre la víctima.
Protección especial para las mujeres
La procuradora Yeni Berenice Reynoso, sostuvo que el nuevo Código Penal no discrimina a los hombres, sino que responde a una realidad estadística del país.
Explicó que en la República Dominicana se reciben alrededor de 73,000 denuncias anuales por violencia de género e intrafamiliar, y que más del 90 % de las víctimas son mujeres, razón por la cual el legislador estableció medidas especiales de protección, criterio que ha sido respaldado por el Tribunal Constitucional.
Prescripción de los delitos sexuales
Reynoso explicó que el nuevo Código Penal contempla varios regímenes de prescripción.
Detalló que los delitos comunes tendrán prescripción ordinaria y extraordinaria; los delitos de corrupción cuentan con un régimen especial establecido por la Constitución; mientras que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles.
En cuanto a las violaciones sexuales, informó que se establece un período especial de prescripción: 30 años cuando la víctima era menor de edad y de 20 años cuando la víctima era adulta.
La jefa del Ministerio Público precisó que, en el caso de niños, niñas y adolescentes, el plazo comenzará a contarse a partir de que la víctima cumpla los 18 años, por lo que la acción penal podrá extenderse hasta por 40 años o más, dependiendo de la edad que tenía la víctima al momento de los hechos.
Explicó que esta disposición responde a estudios científicos que demuestran que muchas víctimas tardan años o incluso décadas en encontrarse emocionalmente preparadas para denunciar los abusos sufridos.
Violencia física, psicológica, económica y patrimonial
La procuradora recordó que el Código Penal vigente sanciona la violencia física y psicológica, mientras que el nuevo Código incorpora expresamente, en su artículo 124, inciso 3, la violencia económica y patrimonial.
La violencia económica comprende el uso de mecanismos para controlar o restringir los recursos de la víctima mediante amenazas, coerción o limitaciones económicas.
La violencia patrimonial abarca cualquier acción destinada a destruir, sustraer o apropiarse de bienes materiales, una conducta que, según explicó, suele producirse durante los procesos de separación de parejas.
Taller para periodistas
La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, ofreció estas declaraciones durante un taller de formación sobre el Nuevo Código Penal Dominicano, impartido a periodistas especializados en la cobertura de la fuente judicial.
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