Los dominicanos recibieron con sorpresa un despacho de prensa de una agencia tan prestigiosa y cuidadosa como Associated Press (AP), señalando que en el conflicto bélico en Ucrania había sido hundido un barco mercantil de la República Dominicana.
Rápidamente se disipó el error al comprobarse que el barco afectado era de bandera de Dominica, una pequeña isla del Caribe cuyo nombre se asemeja mucho al gentilicio que se utiliza a lo relativo a República Dominicana.
Ese incidente volvió a poner sobre la mesa una cuestión que surge cada cierto tiempo y que es recurrente como tema de tertulia: ¿cuál es el verdadero nombre del país?
Dos constitucionalistas consultados por EL DÍA, Eduardo Jorge Prats y nuestro columnista Nassef Perdomo, responden de manera tal que no dejan espacio a ninguna duda.
Citando el artículo primero de la Constitución dominicana explican que el nombre consignado desde la creación de la Nación en 1844 es “República Dominicana”, con las dos palabras. La misma Carta Magna, en su artículo 4, señala que la forma de gobierno perenne será “esencialmente civil, republicano, democrático y representativo”.
Por tanto, en el nombre del país no se refiere a la clase de gobierno, lo cual define en el artículo 4, sino al nombre que los Trinitarios escogieron para identificarnos.
Por tanto, queda claro que el nombre correcto es “República Dominicana”, las dos palabras.