¿Quién cumplirá la ley?
*Por Dionisio Soldevila
Para nada es extraño escuchar en República Dominicana que tenemos todas las leyes que necesitamos, pero que el problema principal es que no las cumplimos.
El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, disputaba esa noción hace unos meses y afirmaba que los legisladores trabajaban… y mucho, contrario a lo que la mayoría pueda alegar, pese a las múltiples ausencias que se registran tanto en la Cámara Alta como en la Baja.
Y de los Santos tiene razón en sus alegatos, todavía faltan muchas leyes por redactarse, aprobarse y promulgarse. Pero, ¿para qué?
Si nos fijamos en el tránsito, la Ley 63-17 es bastante clara en cada uno de sus artículos sobre qué pasa al ser violentados y cómo deben de sancionarse dichas violaciones. Prometo no hablar de los motores ni de los delíveries porque la apatía de los responsables de poner el orden simplemente agota.
Lo mismo podemos decir de la Ley 136-03, el llamado Código del Menor, o la Ley 1-21, que habla del matrimonio infantil, ambas letras muertas en la práctica en una nación que, aunque ha mejorado las estadísticas, sigue entre los líderes de embarazos de menores de edad y de uniones antes de la mayoría.
Sin importar el estrato social, el dominicano quiere un policía bueno y dócil para él, pero que sea estricto y rudo contra los demás.
No respetamos los horarios de ventas de bebidas alcohólicas, mucho menos las prohibiciones que establecen las autoridades y, por momentos, parecería que lo único que nos interesa es la anarquía total.
¿Y cómo podemos pedir o al menos esperar que alguien quiera cumplir la ley, si ni siquiera aquellos que las redactan y las promulgan respetan al organismo que se encarga de determinar la validez constitucional de una legislación?
¿Cómo esperar que las simples disposiciones que se manejan como contravenciones se hagan valer al ciudadano de a pie, si las decisiones del Tribunal Constitucional son inobservadas meladaganariamente, como recientemente vimos con la aprobación y promulgación de una ley contra las candidaturas independientes, a pesar de que el TC las validó con la Sentencia TC/0788/24 al eliminar los artículos 156 y 157 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral que las impedía?
Las leyes están para cumplirse, todas, no solo las que nos convienen en un momento particular. Si no entendemos eso, no avanzaremos como sociedad.
