Qué hacer si te chocan y el otro conductor no tiene seguro

  • La falta de seguro del responsable no significa que el afectado deba asumir por su cuenta los daños. Estos son los pasos que conviene seguir tras una colisión en República Dominicana

El informe destaca que entre los fallecidos se encuentran las cuatro personas que perdieron la vida esta mañana en un trágico accidente ocurrido en la carretera Sánchez, entre Azua y Baní. Fuente externa

SANTO DOMINGO.– Sufrir un accidente de tránsito ya representa un momento de tensión, pero la situación puede complicarse aún más cuando, después del choque, el conductor responsable admite que no tiene una póliza de seguro vigente.

En República Dominicana, el seguro de vehículos de motor es obligatorio, ya que la Ley 63-17 establece que todos los propietarios de vehículos deben contar con una póliza expedida por una compañía autorizada por la Superintendencia de Seguros. Además, conducir sin una póliza vigente constituye una infracción y puede provocar la retención del vehículo por parte de la DIGESETT.

Pero ¿qué debe hacer la persona afectada para proteger sus derechos y reclamar por los daños?

1. No abandone el lugar sin documentar el accidente

Lo primero es garantizar la seguridad de las personas involucradas. Si hay heridos, debe solicitarse asistencia de emergencia.

La Ley 63-17 establece que los conductores involucrados en un accidente deben detenerse y, entre otras obligaciones, proporcionar sus datos personales, información de su licencia, identificación del vehículo y del seguro a la persona perjudicada o a la autoridad. También deben prestar ayuda a los heridos cuando sea posible hacerlo sin ponerlos en mayor peligro.

Qué hacer si te chocan y el otro conductor no tiene seguro
Los accidentes de motocicletas han costado más de RD$622.9 millones.

Si existen personas lesionadas, el INTRANT recomienda activar los servicios de emergencia. Su manual de conducción establece como pasos básicos proteger, avisar y socorrer, y señala el 911 como vía para solicitar asistencia.

2. Tome fotografías y videos

Antes de retirar los vehículos, siempre que las condiciones de seguridad lo permitan, conviene documentar la escena.

El afectado debería conservar imágenes de:

  • Los daños de ambos vehículos.
  • Las placas.
  • La posición en que quedaron los vehículos.
  • Las señales de tránsito y semáforos cercanos.
  • Las condiciones de la vía.
  • Cualquier objeto o elemento que ayude a reconstruir el accidente.
  • Las lesiones, si las hubiera.

También es importante guardar los datos de posibles testigos.

No dependa únicamente de fotografías del vehículo. La información sobre el lugar y las circunstancias del choque puede resultar importante posteriormente para determinar responsabilidades.

3. Pida los datos del conductor

Aunque la otra persona diga que no tiene seguro, solicite y registre sus datos.

La Ley 63-17 establece que el conductor involucrado debe proporcionar su nombre, dirección, número de licencia e identificación del vehículo, además de los datos relativos al seguro.

Anote, como mínimo:

Nombre completo, número de licencia, placa, datos del vehículo , teléfono y dirección.

Si el conductor se niega a identificarse o intenta abandonar el lugar, es recomendable solicitar la intervención de las autoridades.

4. Solicite la presencia de la DIGESETT

Cuando existen daños materiales, desacuerdo sobre cómo ocurrió el accidente o dudas sobre la documentación del otro conductor, es importante dejar constancia oficial del hecho.

Los agentes de la DIGESETT pueden levantar el acta correspondiente y establecer las infracciones que procedan. La Ley 63-17 dispone que las actas deben indicar los artículos violados y establecer la correspondiente citación al infractor.

Esto es particularmente importante cuando el otro conductor no tiene seguro, porque permite dejar constancia de esa circunstancia dentro del procedimiento.

¿Puede circular un vehículo sin seguro?

No debería.

El artículo 216 de la Ley 63-17 establece la obligatoriedad de la póliza de seguro para todos los propietarios de vehículos de motor. El artículo 217 contempla una multa de uno a cinco salarios mínimos del sector público centralizado para quienes conduzcan sin una póliza vigente y establece que la DIGESETT puede retener el vehículo hasta que el seguro sea adquirido o renovado.

5. Que el otro conductor no tenga seguro no elimina su responsabilidad por los daños

Este es uno de los puntos más importantes.

La ausencia de una póliza no significa que el responsable quede liberado de responder por los daños que haya ocasionado.

El artículo 305 de la Ley 63-17 establece que el conductor y el propietario del vehículo son solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados con la conducción del vehículo, salvo las excepciones previstas por la propia legislación, como que el accidente se deba exclusivamente a la víctima, a un tercero o a un caso fortuito o fuerza mayor.

Por tanto, que el responsable no tenga seguro puede hacer más complejo el proceso de recuperación del dinero, pero no borra automáticamente la responsabilidad civil que pudiera corresponderle.

6. Si usted tiene seguro, notifíquelo inmediatamente

Si el vehículo afectado cuenta con una póliza, debe comunicarse el accidente a la compañía aseguradora y seguir el procedimiento establecido en el contrato.

Conviene entregar toda la documentación disponible:

  • Acta o constancia del accidente.
  • Fotografías y videos.
  • Datos del otro conductor.
  • Matrícula y placa.
  • Presupuestos o cotizaciones de reparación.
  • Facturas relacionadas con el accidente.
  • Informes médicos, si hubo lesiones.

La cobertura dependerá del tipo de póliza contratada y de sus condiciones.

7. ¿Y si mi seguro no cubre los daños?

Aquí es donde la situación puede cambiar considerablemente.

Si el conductor afectado solamente tiene una cobertura que protege la responsabilidad civil frente a terceros y no cuenta con una cobertura para los daños propios, el hecho de tener seguro no necesariamente significa que su propia aseguradora pagará la reparación de su vehículo.

En ese escenario, la reclamación por los daños puede tener que dirigirse contra el conductor y/o propietario responsable, conforme a las reglas de responsabilidad civil aplicables.

La Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas establece, además, que el seguro obligatorio de vehículos cubre la responsabilidad civil del asegurado, del propietario y de quien tenga, con autorización, la custodia o conducción del vehículo asegurado.

8. No acepte un acuerdo verbal sin dejar constancia

Un error frecuente después de un choque es aceptar frases como:

“Yo te pago la reparación después”.

Si las partes llegan a un acuerdo, es recomendable que quede por escrito, con identificación de quienes intervienen, descripción del accidente, monto acordado, forma y fecha de pago y las condiciones del compromiso.

Cuando existen lesiones, daños importantes o desacuerdos sobre la responsabilidad, resulta prudente buscar asesoría legal antes de firmar documentos o renunciar a reclamaciones.

¿Dónde puede buscar orientación?

El INTRANT puso en funcionamiento la Unidad de Atención a Víctimas de Siniestros de Tránsito (UAVIST), que ofrece orientación legal, psicológica y médica a personas afectadas por accidentes. La institución informó que la orientación legal puede solicitarse gratuitamente a través del *462, opción 2.

Por su parte, la Superintendencia de Seguros dispone de servicios para usuarios, incluida una vía de solicitud de conciliación para personas afiliadas a una aseguradora autorizada. Entre los requisitos publicados figuran copia de la póliza y de la reclamación.

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