¿Pueden los ayuntamientos hacer negocios?

¿Pueden los ayuntamientos hacer negocios?

¿Pueden los ayuntamientos hacer negocios?

Víctor Féliz

*Por Víctor Féliz Solano

Desde tiempo inmemoriales los dominicanos creemos que hacer negocios no son cosas de agencias gubernamentales, de hecho, cuando se dice que desde el gobierno se hacen negocios es de inmediato la mejor manera de activar la alarma para que el control social entre en acción. Aquí entra mucho el juego de la política y el recurso popular mas usado por rivales: “Difama que algo queda”. Claro está que hay una distancia entre lo que hacemos referencia previamente y el contenido real que tiene este escrito.

Vista y dejada bien claras las diferencias entre ambos conceptos, pasemos a desarrollar la idea primigenia de nuestras intenciones.

El ayuntamiento de Barcelona en España, es un ejemplo de dinamismo económico que puede desarrollar un gobierno local. Claro está que, independientemente de los montos que esto envuelve en esa hermosa ciudad europea, aquí en Santo Domingo podríamos imitar algunas de esas tareas pues las necesidades son prácticamente las mismas.

¿Qué nos limita entonces? A nuestro juicio: primero, la falta de visión de nuestra clase política imperante, que ve la descentralización como una amenaza al sistema de gobernanza central; segundo, al temor que se le tiene a una sociedad cansada de tantas estafas y promesas fallidas cuya satisfacción solo se lograría dándole participación activa en las tomas de decisiones mucho antes de ejecutarlas; y tercero, a la falta de garantías de continuidad de cosas de estado, pues cada vez que cambia un gobierno local o nacional empiezan a defenestrar todo lo acontecido y dejar tierra arrasada a todo cuanto huela a gestión anterior.

Siguiendo con el ejemplo de la ciudad española podemos decir que han creado una cantidad importante de empresas y organismos autónomos que tratan la ecología, urbanismo, infraestructuras y movilidad.

“Son entes aprobados por acuerdo del Pleno del Consejo Municipal que tienen personalidad jurídica propia y patrimonio independiente y nacen para el cumplimiento de fines específicos. Permiten gestionar de manera especializada determinados servicios, que hay que dotar de una organización propia y diferenciada de la que gestiona el conjunto de competencias del Ayuntamiento. Con su creación se consigue una mayor flexibilidad y autonomía de gestión”.

En nuestro país tenemos las normativas adaptadas para dar esos pasos. El artículo 11 de la Ley 176-07 que rige los ayuntamientos lo indica de la siguiente manera: “Los ayuntamientos tendrán plena capacidad jurídica para adquirir, poseer, reivindicar, permutar, gravar o enajenar toda clase de bienes, celebrar contratos, establecer y explotar obras y servicios públicos, obligarse, interponer los recursos establecidos y ejercitar las acciones previstas en las leyes”

 En los días recientes, hemos visto una intervención que desarrolla el sector privado en el más famoso centro de comercio de la ciudad capital “la Duarte con Paris”, lejos de conocer en que consiste esta obra, magnitud, alcance, beneficios o daños, queremos valorar el atrevimiento de romper con el hielo que por décadas nos ha arropado y el mito al que nos referimos al inicio de este artículo. Sólo nos resta pedirles a las autoridades involucradas que por el bien de la permanencia de la referida obra y para motivar a otras más bajo las mismas características, les expliquen las dimensiones, coste y beneficio para los ciudadanos de la capital.



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