SANTO DOMINGO.-La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) cita al expelotero Sammy Sosa y un hermano de este en el entramado de corrupción que dirigía Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina.
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En la solicitud de medida de coerción en contra de varios exfuncionarios acusados de corrupción se señala que mediante una asamblea general ordinaria de General Supply Corporation S.R.L, empresa perteneciente al entramado societario de Alexis Medina, de fecha 31 de octubre de 2017 se autorizó a Samuel Peralta Sosa para que, actuando en nombre de la sociedad pudiera gestionar un préstamo o línea de crédito hasta un monto no mayor a diez millones de dólares por parte ante el Banco del Progreso de la República Dominicana, quedando autorizado para firmar cualquier documento para la adquisición de dicha facilidad y disponer de la misma según considera.
De acuerdo al documento, en esa misma asamblea se le otorgó poder a José Antonio Peralta Sosa, hermano del expelotero, para que en nombre de la sociedad pudiera aperturar una cuenta bancaria en el Brickell de los EE.UU. así como tomar facilidades de crédito, ya sea un préstamo o línea de crédito a nombre de la empresa hasta el monto de cuatro millones de dólares para fines de operaciones y compras de producto, quedando autorizado a se la única persona que con calidad para firmar y disponer de dicha cuenta.
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Cinco ministerios, siete direcciones y una institución descentralizada del Estado otorgaron contratos a las empresas del “entramado societario” de Alexis Medina por un monto de RD$ 4, 796.7 millones.
La solicitud de medida de coerción depositada por el Ministerio Público dice, además, que dicho monto solo es lo cuantificado hasta el momento pues según avanzan las investigaciones, crece.
Las empresas son Domedical suply, Suim suplidores institucionales Méndez; General Medical Solution; United supliers corporations; Kyanred Supply; General Supply corporations; Wattmax dominicana y Fuel American Inc. Dominicana.
La mayoría de ellas compartían domicilio y se dedicaban a las más variadas y disímiles actividades.
La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa reseña, además, que estas empresas no tenían capacidad operativa para suplir de forma directa, ni cumplían con los principios básicos de información de mercado, publicidad, ventas y transporte, logrando colocarse por encima de otras que si tenían la competencia.