Necesidad de las cooperativas eléctricas en República Dominicana

Necesidad de las cooperativas eléctricas en República Dominicana

Necesidad de las cooperativas eléctricas en República Dominicana

Foto de archivo.

En el sistema eléctrico dominicano no sólo contratistas o sociedades comerciales participan o tienen derecho a participar en la realización de trabajos en el mercado eléctrico, ya que tanto la Ley General de electricidad 125-01 como la Ley 57-07, Sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y sus Regímenes Especiales, también reconocen a las cooperativas eléctricas como entidades necesarias para el desarrollo del sector y, sobretodo, aumentar la cobertura del servicio eléctrico en las zonas rural y suburbanas. Pero el uso de las cooperativas eléctrica no es nuevo, ya que desde el 1964, en RD, están autorizadas para operar, en la ley de cooperativas, las de distribución de energía eléctrica.

El presidente Danilo Medina parece ser el único realmente consciente tanto de la necesidad como la ventaja de la incorporación real de las cooperativas eléctricas para el desarrollo del sector eléctrico. Y es que se refirió en ese sentido cuando abordó el tema eléctrico en el discurso de toma de posesión el 16 de Agosto del 2012.Pero su interés no se limitó al discurso de 2012; en agosto del 2013, la prensa escrita recogió las declaraciones del director de comunicaciones de EDESUR, Rafael Grullón, de que Danilo Medina instruyó al ejecutivo de CDEEE, Rubén Bichara, para que las distribuidoras de electricidad “avancen en la organización de las cooperativas eléctricas, y con ello solucionar el problema de los apagones, la reducción de las pérdidas y el aumento de la cobranzas”.

Hasta este momento, las cooperativas eléctricas operan limitadamente en EDEESTE y los resultados están a la altura de los de las empresas tradicionales. Pero las cooperativas presentan ventajas adicionales, para el Gobierno y el Estado y el desarrollo del país, de que disminuyen el desempleo, los conflictos obreros- patronales y aumentan la distribución de la riqueza, ya que todos sus miembros son dueños sin fines de lucro. Y es que las cooperativas, como el Estado debe ser con cada ciudadano, tienen por objetivo principal el mejoramiento de la calidad de vida de sus socios, en este caso, mediante el desarrollo de servicios eléctricos.

Las cooperativas eléctricas pertenecen al tercer sector del sistema económico, situado entre el sector privado capitalista convencional y el sector público. En este contexto, el tercer sector está compuesto por cooperativas, sociedades mutualistas y asociaciones diversas, ONG. La experiencia positiva de las cooperativas eléctricas en Estados Unidos de América, América Latina y el mundo justifican, con celeridad, la inserción de la economía social o tercer sector en el sistema eléctrico entre los sectores empresarial privado y el sector público para contribuir, como hemos dicho, con el desarrollo nacional. Es una respuesta adecuada para ese sector marginal de usuarios que económicamente no es factible para el sector empresarial, lo cual dificulta la gestión pública adecuada en dicho sector de usuarios.

Se considera desde un punto de vista económico que la sociedad de las cooperativas, permite la reducción de los costos de transacción, el aprovechamiento de las economías de escala y el mejoramiento de las capacidades de negociación en los mercados de insumos, productos y servicios. Si es así, es un plus nada despreciable.

Es imperioso tener en cuenta la sabiduría del Presidente para el desarrollo del sector eléctrico y permitir la siembra de la geografía nacional de cooperativas eléctricas. Además, es oportuno tener en cuenta la conservación y ampliación del papel de las cooperativas cuando se hagan las modificaciones necesarias de los instrumentos legales antes citados del sector eléctrico.

 

Por:Ing. Héctor González Vargas

Ing. Domingo Rodríguez Tatis

 



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