Ministerio de Educación remite a Hacienda los expedientes para pagos a contratistas

  • La institución concluyó su proceso interno y transfirió las reclamaciones de obras para su evaluación y validación final

Ministerio de Educaión, fachada. Fuente Externa.
Ministerio de Educaión, fachada. Fuente Externa.

Santo Domingo.- El Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) informó que concluyó las actuaciones administrativas que le corresponden respecto a los casos abarcados por la Ley núm. 16-26.

Esta importante legislación autoriza el pago a contratistas del Estado y crea una comisión especial para revisar las reclamaciones derivadas de obras ejecutadas con o sin contrato formal.

MINERD concluye proceso administrativo de reclamaciones de contratistas

En ese sentido, formalizó la remisión de los expedientes al Ministerio de Hacienda y Economía.

Mediante una comunicación oficial suscrita por el ministro de Educación, Luis Miguel De Camps, la institución notificó a Hacienda la transferencia de estos procesos.

Este último ministerio actúa en su condición de órgano responsable de presidir la comisión revisora creada por la ley para dar curso a estas demandas económicas.

¿Qué establece la Ley 16-26 para los contratistas del Estado?

El MINERD recordó que la citada normativa, promulgada el 1 de mayo de este año, establece un procedimiento especial y riguroso para la revisión, evaluación y validación de las deudas reclamadas por los constructores.

Hacienda asumirá la revisión y validación de los expedientes

La institución educativa precisó que, tras agotar todas las acciones bajo su jurisdicción, ahora procede que las demás instancias contempladas en la ley asuman las etapas de revisión, validación y decisión final de los expedientes sometidos, siempre de conformidad con el marco legal vigente.

Finalmente, la cartera reiteró su compromiso con la transparencia y el respeto al debido proceso.

Asimismo, reafirmó su disposición de colaborar con las autoridades competentes en cualquier requerimiento necesario para la correcta aplicación de la ley, dando así fiel cumplimiento a sus responsabilidades institucionales.

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