Santo Domingo.-El presidente Danilo Medina someterá hoy al Congreso Nacional el proyecto de ley que dispone una amnistía fiscal a las personas que tienen atrasos en: el pago del impuesto sobre la Renta (ISR), la Transferencias de Bienes Industrializados y de Servicios (ITBIS) y de Sucesiones.
Tampoco pagarán los deudores de impuestos a la Propiedad y la Transferencia inmobiliarias; sobre los activos aplicados a la Propiedad Inmobiliaria; y los intereses, recargos y multas relativos a la importación de mercancías.
Para aplicar a este indulto, los contribuyentes deben solicitarlo ante la administración local correspondiente o en la sede central de la Dirección General de Impuestos Internos antes de 60 días de entrada en vigencia la ley, y deberán indicar su actividad económica y el domicilio de la empresa.
Si los contribuyentes pagan los ejercicios fiscales no prescritos hasta 2011, no se les realizará auditoría para el pago de los impuestos sujetos a la amnistía; y si lo han hecho pagarán 0.30% adicional a la Tasa Efectiva de Tributación (TET), correspondiente a su sector económico para 2011.
El incumplimiento del pago para optar por la Amnistía Tributaria deja sin efecto los beneficios de la misma. En ningún caso la TET resultante de la declaración jurada será menor a la tasa promedio del sector económico.