El senador Yvan Lorenzo indicó que el proyecto de Código Penal aprobado en primera lectura el pasado martes en el Senado contiene errores gramaticales y serias deficiencias que habían sido ampliamente rechazadas en proyectos anteriores.
Lorenzo, quien es vocero del bloque de senadores del Partido de la Liberación Dominicana calificó de vergonzante que la pieza fuera aprobada sin ser leída previamente por sus colegas.
Afirmó que la pieza legislativa no solo contiene artículos duplicados, capítulos y secciones mal numeradas, palabras repetidas y errores ortográficos, sino que además vuelve a traer a la discusión elementos que habían sido criticados por la comunidad jurídica y la ciudadanía en general.
Uno de estos artículos es el que exonera de responsabilidad penal a las iglesias, garantizando su impunidad cuando se falta a la ley.
«Además, este proyecto de Código Penal busca eliminar la imprescriptibilidad de la corrupción y reducir el tiempo de prescripción a 20 años; actualmente los casos de corrupción pueden ser investigados y sancionados sin importar cuándo fueron cometidos», expresó.
Añadió que otro elemento que generó mucha controversia en la sociedad en el pasado y que este proyecto vuelve a proponer es la reducción significativa de las penas de violación cuando ocurre dentro del matrimonio, minimizando este delito según quién lo comete.
Mientras las penas por violación sexual son de 10 a 20 años, el proponente Rogelio Genao sugiere que la violación perpetrada dentro del matrimonio, tipificada como “actividad sexual no consentida”, tenga penas máximas de uno a tres años.
En materia de protección de los derechos de la niñez, el legislador dijo que el proyecto también constituye un retroceso, permitiendo agresiones a niños y niñas. Contraviniendo acuerdos internacionales suscritos por el Estados dominicano, establece que es permitido el disciplinamiento violento en el hogar, es decir, los castigos corporales de manera impune, cuando no se pueda probar que haya un patrón de violencia. Si un padre golpea a un niño o niña y aplica el maltrato, y es considerado un hecho aislado, puede quedar impune.
Además, el senador de Elías Piña manifestó que el proyecto de ley además excluye las tres causales, que son tres situaciones extremas en las que se recomienda no sea punible la interrupción del embarazo: cuando corre peligro la vida y salud de la mujer, cuando el embarazo es inviable y no tiene posibilidad de dar vida, y cuando es resultado de violación o incesto.
«Adicionalmente, desprotege frente a la discriminación por orientación sexual, dejando abierta la posibilidad de que queden impunes actos de discriminación por este motivo», dijo.
Mientras que, en el mismo artículo 185, integra un párrafo que además deja sin efecto todo el artículo sobre discriminación en general, permitiendo que se invoque la libertad de culto o de expresión para cometer actos de discriminación contra cualquier persona, por el motivo que fuere, de manera impune, subrayó Lorenzo.