Ley de Compras priorizará a personas con discapacidad, mipymes y producción local

Ley de Compras priorizará a personas con discapacidad, mipymes y producción local

Ley de Compras priorizará a personas con discapacidad, mipymes y producción local

SANTO DOMINGO.-  Las pequeñas y medianas empresas, las mujeres y personas con discapacidad, tendrán prioridad en la nueva ley de Compras y Contrataciones, que también tendrá el mandato de favorecer la producción nacional de bienes y servicios.

El anteproyecto sometido ante el Senado por el Poder Ejecutivo para modificar la ley, explica que deberán desarrollarse acciones para promover la participación en las contrataciones públicas de las micro, pequeñas y medianas empresas, reconociendo su limitada capacidad financiera y tecnológica, con el objetivo de elevar su capacidad competitiva, así como de las mujeres, personas con discapacidad y otros sectores vulnerables.

Contempla que no se considerarán violaciones a la ley las condiciones fijadas en los procedimientos de selección y para la ejecución de los contratos resultantes, que tengan como objetivo fomentar la inclusión de sectores vulnerables en la actividad económica del país.

Al momento de realizar su formulación presupuestaria, las instituciones contratantes deberán reservar el 30 % de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para micros, pequeñas y medianas empresas, distribuido en un 20 % para las mipymes en general y 10 % mipymes de mujeres.

En caso de que no existan empresas de este tipo en el territorio que puedan satisfacer el objeto contractual, se podrá contratar con empresas de otras demarcaciones geográficas, dejando constancia documentada y justificada en el expediente administrativo del procedimiento de contratación.

El director de Compras y Contrataciones, Carlos Pimentel, explicó que en el anteproyecto se contemplan modalidades de contratación como licitación pública; licitación pública abreviada; subasta inversa; sorteo de obras; contratación simplificada; contratación menor; y contratación directa sujeta al umbral.

Indicó que con la nueva ley se busca la simplificación de trámites, eficientizar la contratación de bienes, servicios y obras, fomentar la contratación electrónica, apoyar a los sectores productivos nacionales, fomentar el desarrollo de las micro, pequeña y medianas empresas, así como impulsar las contrataciones públicas en los gobiernos locales, fortalecer el régimen de consecuencias, reformular el régimen de prohibiciones para contratar con el Estado, fortalecer el régimen jurídico y contractual y garantizar mecanismos de transparencia y control, entre otros mecanismos de control.

El abogado y experto en el tema de compras y contrataciones, Ricardo Hernández, explicó algunos puntos del proyecto, y considera excesiva la protección que otorgaría la ley al director de Compras y Contrataciones, que será designado por cuatro años, puede ser renovable y adicionalmente será inamovible una vez posicionado en el cargo.

“Me parece excesiva esa protección ya que es una dirección general adscrita a un ministerio (Hacienda) que forma parte del Poder Ejecutivo y el Presidente siempre debe tener potestad de designar a su titular en el momento que lo considere”, señaló.

En cuanto a la eliminar la posibilidad de que un proveedor pueda ser inhabilitado “permanentemente”, entiende que es algo incorrecto que existe hoy en día y que puede ser considerado como inconstitucional, y que no obstante, se sigue sancionando directamente al proveedor y considera que la sanción debe recaer también en los socios de las empresas para que no puedan seguir siendo suplidores a través de otra empresa.

“Se propone un nuevo régimen de inhabilidades para contratar con el Estado, de un mayor alcance y que abarca un sinnúmero de personas que hoy en día si pueden hacer negocios con el Estado. Por ejemplo, una persona con la que un diputado haya procreado hijos, no podrá hacer negocios con el Estado si tiene más del 10% del capital social de una empresa. Imaginemos un diputado que tuvo un hijo con su pareja en el año 1990, según el proyecto de ley, esa expareja ahora en el año 2022, no tendría derecho a tener una empresa y ser suplidora del Estado. Me gustaría analizar cuál será el mecanismo a implementar para tener una base de datos solida y precisa, que permita llevar ese control efectivo, para que no repliquemos las letras muertas de la ley actual”, cuestionó.