Las elecciones en República Dominicana

Las elecciones en República Dominicana

Las elecciones en República Dominicana

El gobierno de la nación dominicana es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo. El concepto de democracia representativa ha sido enriquecido modernamente con el término participación. Así, al momento de elegir a los representantes públicos de los electores, se procura que los sufragantes puedan tener una participación más dinámica y efectiva en la toma de decisiones para encauzar la nación hacia niveles superiores de desarrollo político, social y económico.

De acuerdo con la Constitución de República Dominicana, la soberanía popular reside en el pueblo, del cual emanan los poderes públicos que deben ejercer las personas elegidas para desempeñar funciones públicas. En un sistema democrático los principales funcionarios de los poderes públicos son escogidos mediante la modalidad de elecciones generales de acuerdo con la Carta Sustantiva y las leyes adjetivas relativas al tema electoral de la nación.

El título X de la Constitución dominicana vigente se refiere al sistema electoral. El artículo 208 consigna que todos los ciudadanos y ciudadanas están en la obligación de ejercer el sufragio en el marco de Asambleas Electorales a fin de elegir, mediante el voto personal, libre, directo y secreto, al Presidente y Vicepresidente de la República, así como a los demás funcionarios electivos de la nación: Senadores, Diputados, Alcaldes y Regidores de los Ayuntamientos o Alcaldías y sus respectivos suplentes. No tienen derecho al voto los militares y miembros de la Policía Nacional; tampoco quienes hayan perdido sus derechos ciudadanos.

Las Asambleas Electorales o, lo que es lo mismo, las elecciones presidenciales, congresuales y municipales se realizarán de conformidad con las normas estipuladas por la ley y serán dirigidas por una Junta Central Electoral, así como por las juntas dependientes de ésta, “las cuales tienen facultad para juzgar y reglamentar de acuerdo con la ley”.

La Junta Central Electoral, máxima autoridad en materia electoral, fue creada en 1923 durante el gobierno de Juan Bautista Vicini. Es un organismo de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio inembargable, con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren útiles para el cumplimiento de sus fines. Sobre la Junta Central Electoral, conjuntamente con las Juntas Electorales y los Colegios Electorales, recae la responsabilidad de organizar, vigilar y realizar los procesos electorales según lo establecido por la Ley.

Desde la primera constitución dominicana, del 6 de noviembre de 1844, han existido dos mecanismos para ejercer el sufragio: el voto indirecto y el voto directo. El primer presidente dominicano, el general Pedro Santana, fue elegido por el Congreso Constituyente, esto es mediante el voto indirecto. La Constitución establecía que el período presidencial era de cuatro años, pero debido a circunstancias especiales, el presidente debía permanecer en el cargo durante dos períodos consecutivos, es decir, hasta el año 1852, lo que no fue posible cumplir pues antes de terminar el primer período, Santana renunció a la presidencia.

En 1844 para ejercer el derecho al voto era necesario ser ciudadano en pleno goce de los derechos civiles y políticos; poseer bienes raíces, ser profesional, empleado público u oficial del ejército de tierra y mar. Estas personas ejercían el sufragio a través de las Asambleas Primarias de las Municipales, los Colegios Electorales Provinciales, el Congreso Nacional o la Asamblea Nacional.

En el sistema del voto indirecto solo pueden participar determinados ciudadanos. El sistema del voto directo, en cambio, es mucho más sencillo y es el que conocen los dominicanos, pues todos los ciudadanos en pleno goce de sus derechos civiles y políticos pueden ejercer el sufragio directamente, sin intermediarios.

Por ejemplo, en el sistema actual la elección del Presidente y vicepresidente de la República, los legisladores (senadores y diputados), alcaldes, vicealcaldes, regidores y suplentes, se hace mediante el sistema del voto directo; mientras que los jueces y miembros de la Cámara de Cuenta y de las llamadas Altas Cortes (Suprema Corte de Justicia, Tribunal Constitucional, Tribunal Superior Electoral) son escogidos mediante el voto indirecto a través del Senado de la República y del Consejo Nacional de la Magistratura.

El voto directo fue establecido por primera vez en la reforma constitucional de 1858, en la célebre Constitución de Moca, pero no fue hasta 1878 cuando se efectuó el primer proceso electoral mediante el voto directo y en el que resultó electo presidente de la República el general Ignacio María González.

Durante la Segunda República (1865-1916) los dos mecanismos de elección, el voto indirecto y el voto directo se alternaron, conforme al interés de determinados grupos políticos. Posteriormente, en las primeras décadas del siglo XX se realizaron algunos procesos electorales a través del voto indirecto hasta que finalmente se impuso el esquema del voto directo.

El 3 de marzo de 1924 (en el final de la ocupación militar) se celebraron elecciones presidenciales mediante el voto indirecto, en las que fue elegido presidente de la República el general Horacio Vásquez para el período 1924-1928. Pero, antes de concluir su mandato, sus seguidores lograron reformar la constitución y extender el período presidencial hasta el año 1930.

El sistema del voto directo fue nuevamente establecido en la reforma constitucional del 13 de junio de 1924, después de la elección del general Horacio Vásquez, y desde entonces se ha mantenido vigente en los procesos electorales dominicanos.

Durante la dictadura de Rafael L. Trujillo (1930-1961) tuvieron lugar varios procesos electorales, pero, como no existían las libertades públicas, tampoco hubo elecciones competitivas ni democráticas, de manera que los diferentes comicios realizados en ese período fueron una farsa electoral.

Sin embargo, es importante destacar que en 1942 fue cuando la mujer adquirió el derecho al voto por primera vez en la historia electoral dominicana, como resultado de una campaña desarrollada por un grupo de mujeres, lideradas por la escritora y poeta Abigaíl Mejía.

Después del ajusticiamiento del dictador Trujillo en 1961, el país se encauzó por la vía democrática. Se crearon nuevos partidos políticos y el 20 de diciembre de 1962 se organizaron las primeras elecciones libres mediante el voto directo, resultando electo el profesor Juan Bosch, entonces líder del Partido Revolucionario Dominicano.

Pero, el 25 de septiembre de 1963, apenas siete meses después de inaugurada su gestión gubernativa, Bosch fue derrocado mediante un golpe de estado militar. Consecuencia de ese traumático episodio sobrevino un período de inestabilidad política, económica y social que desencadenó en la guerra civil de 1965 y en una nueva ocupación militar norteamericana que se prolongó por varios meses hasta que, en septiembre de año, las partes en conflicto suscribieron un acuerdo para finalizar las hostilidades y organizar nuevas elecciones.

En 1966 se llevó a cabo el nuevo certamen comicial para elegir al presidente, vicepresidente, legisladores y alcaldes, al final del cual el doctor Joaquín Balaguer fue electo presidente por un período de cuatro años. Sin embargo, debido a que la constitución consignaba la reelección indefinida, Balaguer logró reelegirse por dos periodos más. De suerte tal que gobernó de manera consecutiva desde 1966 hasta 1978. Ese período se conoce como “los doce años de Balaguer”.

Aun cuando las elecciones de 1966 tuvieron la particularidad de que ocurrieron cuando todavía en el país había tropas militares norteamericanas, lo cierto es que desde entonces las elecciones generales realizadas en República Dominicana han sido bajo la modalidad del voto directo.

Según algunos especialistas, de todos los procesos electorales celebrados en el país, solo las elecciones de 1914, 1924, 1962 y 1978 hasta el presente se consideran procesos electorales libres y competitivos porque han permitido cambio en la élite gubernamental, así como el traspaso de poder pacífico de un mismo partido o de un partido a otro, conforme lo establece la constitución y las leyes en material electoral.

Desde 1848 hasta el presente en República Dominicana se han realizado 47 procesos electorales; quince (15) de ellos han sido por voto indirecto y el resto mediante el conocido sistema del sufragio directo.



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