La "vuelta" es por el Consulado de EE. UU

La «vuelta» es por el Consulado de EE. UU

La «vuelta» es por el Consulado de EE. UU

Patricia Polanco, especialista en asuntos migratorios.

SANTO DOMINGO.– Este 21 de diciembre quedará sin efecto en Estados Unidos la aplicación del título 42, una regla de salud pública activada en marzo del 2020, que permite expulsar a migrantes que «potencialmente representan un riesgo para la salud».

Debido a la pandemia y avalados en esta regla, el control fronterizo ha expulsado a más de 1.7 millones de personas.
Luego del levantamiento de esta orden quienes ingresen de manera ilegal pueden ser detenidos o liberados en Estados Unidos mientras esperan la audiencia de la corte de inmigración.

Muchos dominicanos basados en este cambio y engañados por inescrupulosos, están embarcándose en la peligrosa travesía de ingresar a Estados Unidos por México, entendiendo que podrán solicitar asilo, acogerse a un estatus de protección temporal, o realizar un ajuste de estatus para obtener la residencia.

Esto no es cierto. Estados Unidos puede designar a los nacionales de un país extranjero el Estatus de Protección Temporal (TPS) debido a condiciones en dicho país que impiden que la persona regrese de manera segura.

Algunas de estas condiciones son conflictos armados, un desastre natural (como un terremoto o huracán) o una epidemia. En el caso del asilo, la persona que busca protección debe demostrar que hay una persecución en su contra por su raza, religión, nacionalidad, o por motivos políticos.

Entrar por la frontera de México en busca de mejores oportunidades no es razón para solicitar asilo o TPS. Tampoco podrá realizar un ajuste de estatus, porque uno de los requisitos para este proceso es haber entrado a Estados Unidos con una visa válida.

No se deje engañar. La «vuelta» es por el Consulado de Estados Unidos en Santo Domingo, luego de completar el proceso de petición de residencia.

Contacto: contacto@consularis.do