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A propósito de la reciente aprobación del proyecto de modificación de la Ley 15-19 Orgánica del Régimen Electoral por parte del honorable Senado de la República y remitido a la Cámara de Diputados para su aprobación final, proceso que se inició a partir de la iniciativa sometida por el actual pleno de la Junta Central Electoral (JCE), con el propósito de reformar y actualizar el régimen y de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
La Junta Central Electoral, como órgano administrador electoral, está facultada por la Constitución, en su artículo 96, para presentar estas iniciativas de ley.

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