Por: Emmanuel Aquino Alvarado
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), acaba de ofrecer un argumento que debería abrir un debate nacional sobre la política salarial del Estado dominicano. Mediante un aviso fechado el 29 de octubre de 2026, anunció la actualización de las tarifas del impuesto de circulación vehicular, conocido como marbete, tomando como referencia una inflación acumulada del 58.1% entre septiembre de 2016 y septiembre de 2026.
La institución justifica la medida señalando que las tarifas permanecían sin modificaciones desde 2016. El razonamiento resulta comprensible desde la perspectiva tributaria, la inflación reduce el valor real de las recaudaciones y el Estado procura compensar esa pérdida.
Sin embargo, surge una interrogante inevitable: ¿por qué la inflación constituye un argumento válido para aumentar lo que el Estado cobra, pero no parece tener la misma fuerza cuando se trata de actualizar lo que paga a sus trabajadores?
Un revisión de la prensa dominicana permite identificar abril de 2019, durante el gobierno de Danilo Medina, como el último reajuste salarial de alcance general en la administración pública.
En aquella ocasión, el salario mínimo público pasó de RD$5,117 a RD$10,000; se dispuso un incremento del 10% para determinados trabajadores que devengaban entre RD$10,000 y RD$20,000, y otro del 5% para quienes percibían entre RD$20,000 y RD$30,000. Los empleados con remuneraciones superiores no fueron contemplados en aquel reajuste.
Posteriormente se produjeron aumentos particulares para docentes, médicos, policías, militares y servidores de determinadas instituciones. Sin embargo, estos no beneficiaron de manera uniforme a los trabajadores administrativos del Estado.
Conviene distinguir entre el crecimiento del gasto público en remuneraciones y el aumento efectivo de los salarios. Una nómina puede incrementarse por nuevas contrataciones, promociones o ajustes sectoriales, mientras numerosos empleados mantienen sus ingresos prácticamente congelados.
Al preguntarse, ¿cuánto ha perdido un trabajador? La respuesta o respuestas pueden obtenerse usando la Estadística y la Matemáticas. La inflación acumulada del 58.1% permite dimensionar el deterioro salarial.
Un trabajador que devengaba RD$30,000 mensuales en septiembre de 2016 necesitaría RD$47,430 en septiembre de 2026 para conservar aproximadamente su capacidad de compra. Quien ganaba RD$40,000 requeriría RD$63,240; y quien percibía RD$50,000 necesitaría RD$79,050.
En términos económicos, un salario congelado durante esos diez años ha perdido aproximadamente el 36.75% de su poder adquisitivo. Es decir, actualmente permite adquirir apenas el 63.25% de los bienes y servicios que compraba en 2016. Para recuperar aquella capacidad de compra, necesitaría incrementarse un 58.1% (aunque ambos porcentajes parezcan contradictorios, responden a bases de cálculo diferentes, uno mide la pérdida real del salario y el otro, el incremento nominal necesario para compensarla).
Naturalmente, los trabajadores que recibieron aumentos durante el período requieren una evaluación particular, considerando las mejoras acumuladas.
La situación puede resultar todavía más desfavorable para los hogares que destinan gran parte de sus ingresos a alimentos y transporte, cuyos precios han registrado incrementos superiores a la inflación general.
A este deterioro se adiciona la falta de indexación de la escala del impuesto sobre la renta (ISR).
Desde 2017, el mínimo exento permanece en RD$416,220 anuales, equivalentes a RD$34,685 mensuales, pese al incremento sostenido de los precios.
Esto genera una situación preocupante: mientras la inflación reduce el poder adquisitivo, determinados aumentos nominales pueden elevar la carga tributaria del trabajador sin representar necesariamente una mejoría real de sus ingresos.
Así, el Estado dispone de mecanismos para actualizar determinadas obligaciones tributarias, pero carece de un procedimiento general equivalente que garantice la preservación del valor real de las remuneraciones públicas.
No se trata de desconocer las necesidades fiscales del Gobierno ni de proponer incrementos idénticos para todos los empleados. Una política salarial responsable debe considerar las posibilidades presupuestarias, las categorías ocupacionales y los aumentos previamente recibidos.
Sin embargo, resulta necesario evaluar el deterioro acumulado de las remuneraciones, particularmente entre aquellos servidores que llevan años sin reajustes significativos.
Un estudio de la evolución salarial desde 2016, permitiría identificar las diferencias existentes y establecer un programa gradual de recuperación del poder adquisitivo, sustentado en criterios técnicos, equidad y sostenibilidad fiscal.
El debate, por tanto, trasciende la legalidad o conveniencia del aumento del marbete. Lo que está en discusión es la coherencia con que el Gobierno aplica el criterio inflacionario en sus decisiones económicas.
Si diez años sin actualizar un impuesto justifican revisar sus tarifas, ese mismo período debería motivar una evaluación de los salarios que no han sido ajustados suficientemente.
La inflación no puede convertirse en una razón suficiente para cobrar más, y al mismo tiempo, en una razón insuficiente para reconocer la pérdida salarial de los trabajadores.
Si el 58.1% de inflación acumulada constituye un referente válido para actualizar obligaciones tributarias, también debe servir como punto de partida para revisar las remuneraciones públicas.
Porque el dinero que pierde valor en las arcas del Estado es el mismo dinero que pierde valor en los bolsillos de sus trabajadores.
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