La indexación de la tarifa eléctrica de marzo y abril del 2016 en el limbo

La indexación de la tarifa eléctrica de marzo y abril del 2016 en el limbo

La indexación de la tarifa eléctrica de marzo y abril del 2016 en el limbo

Por Héctor González Vargas

La operación que permite la tarifa eléctrica aplicada y la indexada mensualmente a los usuarios es en función de la variación en los mercados internacionales del precio del (I)FuelOil No.6;(II)Promedio del promedio diario del Fuel No.2, (III)Gas Natural y,(IV)Carbón Mineral .

A más tardar el día veinticinco (25) de cada mes, la Superintendencia de Electricidad(SIE) determina el promedio de variación de precios de los combustibles según los ordinales 46 y 47 en el artículo 2 de la Ley Eléctrica, tomando en cuenta los datos a los (3) meses previos al mes de cálculo; comparando los precios de los referidos combustibles para el mes de cálculo, para aplicar al alza o a la baja en la próxima tarifa eléctrica que sea emitida y debe ser publicada en los medios periodísticos del país.

Al establecer una fórmula para indexación mensual de las tarifas , la SIE debe señalar que cantidad de dinero el gobierno vas aportar para el supuesto congelamiento que se incluye en la misma resolución de indexación del precio sectorial del kwh, un artículo que establece los precios del kwh a que se deberá facturar a los usuarios la energía, el cargo fijo y la potencia contratada; indicando que las diferencias que resulten entre el precio indexado y el fijado por la SIE, deberán ser facturadas por las distribuidoras (EDES) al gobierno dominicano, en la forma establecida en el artículo 5 del Decreto No.302 del 31 de marzo del 2003 donde se forma el famoso FETE.

De lo señalado arriba, tanto el mes de marzo y de Abril del 2016 ha quedado en el limbo, por eso vemos con extrañeza que el tema de la tarifa eléctrica sea tratado con misterio ya que el artículo 126 de la Ley Eléctrica, en su párrafo I, expresa que constituye un delito suministrar informaciones que no sean veraces y completas y mas en tiempo de elecciones.

La no publicación mensual de la indexación de la tarifa eléctrica debe tener penalizaciones para estos delitos que están contempladas en la propia Ley.

¿Por qué no se publica en la prensa? Es bueno preguntarse: ¿Con este tipo de regulación y fiscalización se beneficia el país, el partido de gobierno o las distribuidoras?



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