Lamentamos profundamente la suspensión de la Resolución 09´15 que establece la Formación Docente, asumida por el Dr. Franklin García Fermín, ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, ya que esta medida implica un retroceso en la formación de profesores, que incidirá negativamente en la calidad de la enseñanza en los niveles educativos de Inicial, Primario y Secundario, ya que el programa que se deroga se propone transformar la Formación Docente en las universidades, para contribuir a mejorar de manera significativa la educación del país, afrontando las demandas de la sociedad de hoy.
La Normativa 09´15, aprobada por el Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (CONESCYT) el 11 de diciembre del 2015 fue elaborada con la participación de todas las universidades que formaban profesores, técnicos del Ministerio de Educación (MINERD), especialistas del área y técnicos de currículo del MESCYT. La misma tomó en cuenta los siguientes aportes:
-Dos diagnósticos sobre Formación Docente y las deficiencias evidenciadas, los resultados de los concursos aplicados por elMINERD , los cambios adoptados en ese ministerio sobre una nueva estructura y un nuevo currículo para los niveles educativos preuniversitarios, la situación mundial actual, las tendencias y retos de la educación para el Siglo XXI, el objetivo de educación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la UNESCO, la Estrategia Nacional de Desarrollo y el Pacto Educativo aprobado en el año 2014.
Para su diseño, además se adoptaron como fundamentos las siguientes dimensiones: desarrollo personal y profesional, dimensión socio cultural, competencias biológicas, cognitivas y sociales de los estudiantes; dimensión pedagógica, curricular y gestión escolar. De igual modo se estructuró el curriculum en tres grandes componentes: Formación General, Formación Psicopedagógica y Formación Disciplinaria o de Contenidos.
Se adoptó como compromiso garantizar la formación docente con énfasis en el dominio de contenidos fundamentales,en metodologías de enseñanza, en herramientas pedagógicas participativas, en competencias en el uso de tecnologías de información y la comunicación, con el propósito de facilitar la innovación en los procesos de enseñanza aprendizaje y caminar hacia un nuevo paradigma de la educación.
La estructura de currículum establece como obligatorias las áreas de neurociencia, tecnología digital, inglés, fortaleza de los contenidos y práctica docente innovadora. Pero además se establece para el nivel secundario la formación de profesores por áreas especializadas, orientadas a la enseñanza.
El propósito fundamental fue formar profesorescon la preparación necesaria para desarrollar en sus estudiantes la capacidad de comprensión, fomento de la inteligencia, actuar de manera autónoma, enfrentar nuevas situaciones, procesar y utilizar adecuadamente las informaciones, el interés por aprender toda la vida, desarrollo de valores humanos y ciudadanos y el respeto al medio ambiente.
Para lograr estos fines, la normativa establececomo obligatorio: 1. Nivel adecuado de los aspirantes a estudiar la carrera de educación, para lo cual se exige aprobar una prueba de habilidades intelectuales y una prueba estandarizada internacionalmente sobre contenidos de lectura comprensiva y matemática básica. 2. Dedicación a tiempo completo. 3. Nivel de Maestría en el área de enseñanza de los profesores. 4. Infraestructura adecuada de las universidades en instalaciones físicas y tecnología digital.
Para facilitar el desarrollo del programala gestión gubernamental estableció: becas a las universidades y a los estudiantes y ayuda para la contratación de profesores extranjeros en los casos necesarios.
Como se observa, se trató de un propósito firme por contribuir a mejorar sustancialmene la calidad de la educación del país, y sería una pena sacrificar la calidad por la cantidad.
Deseamos que el señor Ministro Dr. Franklin García Fermín, valore nuestras consideraciones y reconsidere la derogación de la Normativa 09-15, ya que estamos convencidos que elevar el nivel educativo del país, sólo será factible cuando se realice a la par con un proceso de transformación de la Formación Docente.
El hecho de que muchos aspirantes a cursar la carrera de educación no superan las dos pruebas de ingreso, justifica transformar la formación docente.
Ante las inquietudes expuestas por varias universidades me permito proponer las siguientes medidas:
1-Mantener aplicando la Normativa 09´15, como fue promulgada, en las universidades que cumplan con los requisitos establecidos en la misma.
2- Continuar aplicando la Prueba de Orientación y Medición Académica (POMA)y la estandarizada y reconocida internacionalmente laPAA.
3- Aplicarlos cursos de nivelación a los estudiantes que no superen las pruebas, adoptando las medidas desarrolladas por el ISFODOSU, dereforzarpreviamente a los aspirantes a formarse en los contenidos básicos.
4-Que el MESCYT de un seguimiento sistemático a las universidades que apliquen la Normativa 09´15, especialmente en el diseño de los planes de estudios por competencias.
5- Que a las universidades que no deseen aplicar esta normativa, el Gobierno les otorgue becas para el desarrollo de otras carrerasde menor exigencia que la Formación Docente.
*Por Ligia Amada Melo de Cardona