La consulta del PLD se llena de obstáculos que pudieran dificultar su realización

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SANTO DOMINGO.– La consulta convocada por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) para señalar a quien pudiera ser su candidato presidencial ha entrado en una etapa crítica en la que comienzan a coincidir dificultades jurídicas, tecnológicas y políticas que podrían complicar su celebración en la fecha prevista.

El principal contratiempo de la consulta convocada para el próximo 18 de octubre surgió con la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) de no facilitar los 1,800 equipos tecnológicos adicionales solicitados para la jornada, bajo el argumento de que una actividad de esa naturaleza “no se encuentra dentro de los actos permitidos por la ley en la actual etapa del calendario electoral”.

El PLD había diseñado buena parte de la logística tecnológica de la consulta tomando como referencia los equipos de la JCE y llegó a solicitar un total de 2,300 unidades. Cada conjunto o “valija” está compuesto ordinariamente por monitor, mini-CPU, lector de códigos, impresora y los periféricos correspondientes. Los equipos serían distribuidos entre los centros de consulta habilitados en el territorio nacional.

La JCE autorizó 500 equipos para actividades de capacitación, formación política y fortalecimiento institucional, pero estableció una separación expresa entre esas actividades y la consulta presidencial, para la cual rechazó entregar los restantes 1,800.

Eso obliga ahora al PLD a resolver en un período relativamente corto cómo sustituirá una plataforma tecnológica sobre la cual había estructurado una parte importante del proceso.

Una consulta de alcance nacional necesita identificar a los participantes, verificar su habilitación en el padrón, evitar votaciones duplicadas, registrar la participación, imprimir o conservar comprobantes cuando corresponda, transmitir resultados y consolidar posteriormente los datos obtenidos.

La CONAP había informado anteriormente que estaban siendo conformadas las comisiones provinciales y municipales y las comisiones que trabajarían directamente en las mesas de consulta, además de una unidad técnica integrada con participación de representantes de los aspirantes.

La consulta está concebida, además, para desarrollarse en todo el territorio nacional y en 35 demarcaciones del exterior, lo que aumenta considerablemente las necesidades de coordinación.

Las disputas por el padrón

El problema tecnológico se produce justamente cuando todavía existe una controversia sobre quiénes tienen derecho a participar.

Francisco Javier García cuestionó la decisión de dejar sujetos a un proceso especial de validación a más de medio millón de ciudadanos que aparecían en los registros relacionados con el PLD.

La Comisión Organizadora de la Consulta sobre Aspirantes Presidenciales (CONAP-2026) respondió que no se trata de una exclusión definitiva.

Según su explicación, la JCE entregó el 7 de septiembre un universo de 6,099,227 ciudadanos potencialmente habilitados. De ellos, 5,047,236 no aparecen inscritos en ninguna otra organización política, mientras 1,051,991 presentan coincidencias con padrones de otros partidos.

Francisco Javier García cuestionó que esas personas quedaran inicialmente fuera del padrón habilitado y sostuvo que una modificación de esa magnitud podía alterar las condiciones de la competencia interna. También atribuyó a dirigentes vinculados al proyecto de Gonzalo Castillo la promoción de esa exclusión. Se trata de señalamientos del aspirante que no han sido establecidos independientemente.

De acuerdo con los datos divulgados por la CONAP, entre las coincidencias detectadas aparecen 200,057 personas registradas también en Fuerza del Pueblo; 72,309 en el Partido Revolucionario Moderno (PRM); 120,338 en otras organizaciones políticas, y 131,077 que figuran simultáneamente en dos o más organizaciones.

Dos interpretaciones enfrentadas

El PLD y la JCE parten además de interpretaciones diferentes sobre la naturaleza del proceso.

La CONAP insiste en que la actividad no constituye una primaria ni seleccionará jurídicamente al candidato presidencial para 2028. La define como una medición de simpatía no vinculante y sostiene que la candidatura formal deberá escogerse posteriormente, dentro de los plazos establecidos por la legislación electoral.

La JCE ha asumido una posición diferente respecto de sus implicaciones jurídicas.

El organismo electoral había advertido desde junio que una consulta de esta naturaleza no encontraba respaldo dentro del marco legal correspondiente a esta etapa del calendario electoral y ahora utilizó ese mismo razonamiento para negarse a proporcionar los equipos destinados específicamente a la votación.

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