La Asamble aprueba no son dominicanos los hijos de ilegales que nazcan aquí

La Asamblea Nacional aprobó ayer el controversial artículo sobre la forma de contraer la nacionalidad dominicana, excluyendo expresamente a los hijos de los extranjeros que residente de manera ilegal en República Dominicana, con lo que se ajusta el texto constitucional a la actual Ley General de Migración y a la jurisprudencia que sobre el tema ha dictado la Suprema Corte de Justicia.

El literal C de lo que sería el artículo 16 de la nueva Constitución establece que son dominicanos “los nacidos en territorio nacional con excepción de los que fueren hijos de extrajeros miembros de legaciones diplomáticas y consulares o de extranjeros que se hallaren en tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano. Se considerará en tránsito todo extranjero definido como tal en las leyes dominicanas”.

Aunque los bloques de legisladores de los partidos Reformistas Social Cristiano y Fuerza Nacional Progresista insistieron en que se eliminara la posibilidad de adquirir la nacionalidad dominicana por el lugar de nacimiento, se aprobó la fórmula consensuada en el pacto firmado entre el presidente Leonel Fernández y Miguel Vargas Maldonado.

El artículo aprobado también establece que son dominicanos los hijos e hijas de padre o madre dominicanos, quienes ya gocen de la nacionalidad antes de la entrada en vigor de la nueva Constitución y los nacidos en el extranjero de padre o madre dominicanos no obstante haber adquirido por el lugar de nacimiento una nacionalidad distinta a la de sus padres.

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