Incoherencia judicial

Incoherencia judicial

Incoherencia judicial

Una jueza de Santiago decidió que tres personas acusadas de formar parte de una amplia red de microtráfico, lavado de activos y sicariato tienen suficientes arraigos como para poder llevar su proceso en libertad y le impuso una garantía económica a cada uno como medida de coerción.

Queremos mantenernos coherentes con relación al tema, pues muchas veces hemos señalado que la libertad es el estado ideal para un imputado defenderse en justicia.

Pero nos llama la atención que se sea garantistas en extremo con personas acusadas de ser parte del crimen organizado, incluyendo que a una de ellas se le atribuye estar vinculada a más de diez asesinatos, pero que en otros casos se sea tan ligeros al dictar prisión preventiva.
Acabamos de ver a una jueza dictarle tres meses de prisión preventiva a una persona que manoteo a un agente de la Amet.

También vimos a otra jueza dictar 18 meses de prisión preventiva a un exfuncionario con el argumento de que durante un allanamiento se encontró en su poder un documento proveniente de una institución sobre informaciones referentes a esa misma persona.

Hay algo que no está muy claro.
Preferimos pensar que falta coherencia en la judicatura.
Insistimos en que nos cuesta trabajo entender cómo se le dictan tres meses de prisión preventiva a un imputado por manotear a un agente de la Amet y se manda para su casa con garantía económica a otro vinculado al menos a 10 asesinatos, narcotráfico, lavado de activos y sicariato.

Quisiéramos entender cuáles son los parámetros que se toman en cuenta a la hora de dictar medida de coerción, porque lo que está escrito en el Código Procesal Penal no es suficiente para hacerse una idea frente a las decisiones de la cotidianidad en los tribunales.

Este comentario editorial no se debe interpretar como una crítica a la jueza que puso en libertad a los señalados como parte de una red criminal, porque a lo mejor sea ella la que ha aplicado correctamente el espíritu de la ley en cuanto a las medidas de coerción.

De lo que se trata es de llamar la atención para que haya criterios claros y coherentes sobre la base de lo que contiene el Código Procesal Penal.



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