“Habitante fronterizo”

“Habitante fronterizo”

“Habitante fronterizo”

República Dominicana cuenta con una buena Ley General de Migración, la cual contempla soluciones a la mayoría de los problemas migratorios que enfrenta el país.

No hay que llamarse a engaños, las mayores situaciones de conflictos migratorios que enfrenta República Dominicana están relacionados con Haití.

La Ley 285-04 entre sus muchas previsiones, contempla entre los extranjeros no residentes al que denomina como “habitante fronterizo”, que es aquella persona que vive en la frontera con Haití y cotidianamente cruza a territorio fronterizo dominicano para realizar actividades lícitas autorizadas por las autoridades dominicanas y que ese mismo día retorna a Haití.

La Ley aprobada en mayo del 2004, el reglamento dictado en 2011 y la resolución de la Dirección General de Migración establecen con claridad la utilidad de esa figura, los límites y la forma de aplicarla.

Ojalá que el Gobierno de ahora decida aplicar a plenitud la Ley General de Migración, olvidándose del sonido mediático y de redes sociales , pues ese será un tema en el que siempre habrá voces disidentes, pero autoridades responsables deben saber que su misión es cumplir y hacer cumplir las leyes.

Los “habitantes fronterizos” están contemplados en la Ley de Migración y es correcto que la Dirección de Migración identifique los que califican para esa condición.

Pero también es mandatario que sean sancionados conforme establece la misma ley todos los extranjeros que residen en el país de manera ilegal.

El único respaldo sólido que encontrarán las autoridades en materia migratoria es la de la Ley y, por tanto, debe aplicarla a plenitud.