Gobierno anuncia que acogerá la sentencia del Constitucional
Santo Domingo.-El ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Navarro, manifestó anoche que el Gobierno dominicano acogerá la decisión que adopte el Tribunal Constitucional sobre la legalidad del ingreso de República Dominicana a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH).
Navarro explicó que el Tribunal Constitucional es la instancia dominicana que tiene facultad para determinar si la adhesión del país a ese organismo se hizo cumpliendo los requerimientos que establece la Constitución de la República y que por lo tanto el Gobierno tiene la obligación de acogerse al dictamen que emane de esa instancia judicial.
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Manifestó que el Poder Ejecutivo ha dado muestras reiteradas de que es respetuoso de la división de los Poderes del Estado consagrada en la Carta Magna.
“El presidente Danilo Medina ha sido reiterativo en su apego a la Constitución y en respetar la división de los Poderes, así como de sus respectivas competencias”, expresó Navarro al conversar anoche con EL DÍA.
Añadió que por lo tanto acatará la sentencia que emane del Tribunal Constitucional sobre el tema en cuestión, independientemente de la dirección en que se emita el fallo.
Herencia de la SCJ
El Tribunal Constitucional heredó de la liquidación de expedientes de la Suprema Corte de Justicia un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por varias personalidades e entidades de la sociedad civil contra la forma en que la República Dominicana se acogió a la competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
Tres jueces del Tribunal Constitucional confirmaron anoche a EL DÍA que el organismo falló a favor de la parte demandante y que por lo tanto se dejaba sin validez la adhesión del país a ese organismo por haberse hecho violando el procedimiento constitucional vigente en ese momento.
El Tribunal consideró que para el Estado asumir los compromisos que conllevaba la adhesión a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos debía ser sometida por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional y este aprobarlo.
El procedimiento utilizado en ese entonces fue una comunicación enviada por el Presidente de la República a través del embajador en la Organización de Estados Americanos, sin la aprobación congresional.
EL DÍA comprobó que los jueces del Tribunal Constitucional sostuvieron una reunión en horas de la noche para tratar lo relativo a la publicación de la sentencia, aprobada con una votación de diez a favor y tres en contra. Luego de dar a conocer el dispositivo de la sentencia se notificará a las partes y se incorporarán los votos disidentes si así lo deciden los que votaron contrarios a la decisión.
Efectos sobre la sentencia
La sentencia del Tribunal Constitucional versa sobre la afiliación del Estado dominicano a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, lo cual tiene un efecto directo sobre las decisiones adoptadas por ese organismo con referencia al país.
Al declararla inconstitucional, automáticamente convierte en “no vinculante” para el Estado dominicano las decisiones de ese tribunal internacional.
La más reciente decisión de la Corte fue adoptada el 28 de agosto y anunciada el 22 de octubre pasado, en la que ordena a la República Dominicana modificar su Constitución, leyes, sentencias y reglamentos internos para permitir que tengan la nacionalidad dominicana los hijos de extranjeros en situación migratoria irregular nacidos en territorio dominicano.
La sentencia 168-13
Esa disposición de la Corte también implica desconocer la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional que esclarece los principios que han estado vigentes desde 1929 para conceder la nacionalidad dominicana y que son esclarecidos en la Constitución de 2010.
Sin embargo, juristas de diferentes corrientes, incluyendo los que favorecen y critican la sentencia 168-13, coinciden en que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos se excedió en sus atribuciones con ordenar la modificación de la Constitución de 2010 y añaden que cada Estado tiene la facultad soberana de definir su régimen sobre nacionalidad.
Condena por repatriaciones masivas
La Corte falló en esa dirección aprovechando una demanda que se interpuso contra el Estado dominicano por la acusación de repatriar de manera irregular a ciudadanos haitianos residentes en el país de manera ilegal y de varios que decían ser dominicanos.
Con relación a esos hechos ocurridos en 1999 y 2000, que fue de lo que fue apoderado la Corte, el tribunal condenó al Estado dominicano e incluso ordenó concederle documentos como dominicano a un ciudadano que las autoridades demostraron que era haitiano y que residían en el país de manera ilegal y que incluso había obtenido el documento para ir al juicio utilizando un pasaporte emitido con documentaciones irregulares.
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