SANTO DOMINGO.- La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) advirtió este martes que el gobierno dominicano está en una encrucijada frente a los criterios incompatibles del Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
«La sujeción a los precedentes constitucionales le impone asumir que la sujeción del Estado a la competencia contenciosa de la Corte IDH es inválida a partir de la sentencia TC/0256/14; pero al mismo tiempo está compelido a asumir el criterio que fija la Corte IDH en relación a la naturaleza del artículo 62 de la Convención, que considera válida la vinculación del Estado dominicano a su jurisdicción a partir de una declaración unilateral del Poder Ejecutivo, porque esta mantiene la competencia vinculante de interpretar el significado de la Convención Americana», explicó Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la Finjus.
Agregó que es así como los criterios sostenidos por estos dos órganos jurisdiccionales, incompatibles entre sí, son jurídicamente vinculantes en sus respectivos ámbitos de competencia y, en principio, no existe jerarquía entre ambos que permita atribuir a una de las dos posiciones la solución final de la controversia interpretativa.
Dado que la sentencia TC/0256/14 del Tribunal Constitucional, como bien señala su Presidente en una reciente declaración pública, “no cuestiona el derecho de los poderes públicos dominicanos competente para adherirse a la Corte Interamericana” sino que se limita a plantear que ello debe realizarse en el respeto de los debidos procedimientos constitucionales, Castaños Guzmán entiende que la salida más coherente es iniciar el procedimiento legislativo correspondiente para que el Congreso Nacional ratifique el instrumento de aceptación de la competencia contenciosa de la Corte IDH.
«Desde FINJUS exhortamos a los poderes públicos internos a ponderar con sumo cuidado la decisión que tomarán al respecto, ya que de la misma dependerá la posición del país en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos», sostuvo.
Recordó que las jurisdicciones internacionales de protección de los derechos humanos han surgido como mecanismos complementarios de tutela que permiten prevenir consecuencias oprobiosas cuando los Estados no han cumplido su rol primario de garantía en beneficio de sus habitantes.