Consejo Superior del Ministerio Público aprueba Reglamento Disciplinario

Consejo Superior del Ministerio Público aprueba Reglamento Disciplinario

Consejo Superior del Ministerio Público aprueba Reglamento Disciplinario

SANTO DOMINGO.- El Consejo Superior del Ministerio Público aprobó el reglamento Disciplinario, el cual establece sanciones para sus miembros que incurran en faltas calificadas en leves, graves y muy graves.

Las sanciones a imponer van desde una amonestación escrita o verbal  (las leves), la suspensión provisional por 30 días sin disfrute de salario (las graves), mientras que las muy graves se impondrán la destitución definitiva.

Las faltas graves incluyen incumplir reiteradamente los deberes, tratar de forma irrespetuosa, agresiva y desconsiderada a sus superiores jerárquicos, subalternos y al público, no inhibirse a sabiendas que existen causas para ellos, dañar los bienes que les confían, entre otras.

Mientras que las faltas muy graves son solicitar, aceptar y recibir en dinero o especie dádivas, gratificaciones y obsequios, realizar actividades político partidaria, incurrir en acoso sexual, presentar documentos falsos para el ingreso o ascenso en el Ministerio Público, incurrir en difamación, insubordinación o conducta inmoral en el trabajo, ser condenado por crimen o delito de una pena privativa de libertad, entre otras.

Las decisiones del Consejo Disciplinario podrán ser recurridas en apelación en un plazo de 10 días hábiles a partir de la decisión, por ante el Consejo Superior del Ministerio Público.

Además el reglamento disciplinario establece que los representantes del Ministerio Público que hayan sido suspendidos sin disfrute de salario y no hayan sido probados los cargos en su contra, serán restituidos en sus funciones y les serán pagados los salarios no recibidos.



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