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Consejo de la Seguridad Social aprueba subsidio por enfermedad a los afiliados del Régimen Contributivo

El Día Por El Día

SANTO DOMINGO.-A partir de ahora, los trabajadores afiliados al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud contarán con un subsidio por enfermedad por lo que podrán recibir entre 40 y 60% de su salario, acorde con una resolución del Consejo Nacional de la Seguridad Social.

La resolución 214-01 que aprueba el reglamento sobre subsidio por enfermedad común a los afiliados al Régimen Contributivo del SFS. Hasta la fecha no existe un mecanismo que asegurara un subsidio por enfermedad común para los trabajadores.

Ylse Mena, gerente del Consejo de la Seguridad Social, destacó que mientras el trabajador esté discapacitado temporalmente, el sistema de la Seguridad Social le cubrirá a él y a toda su familia el seguro médico sin costo.

Resaltó que mientras esté en licencia, el asegurado mantendrá su cobertura de seguro de vida, su pensión de sobrevivencia pagando únicamente el uno por ciento.

Mientras el trabajador esté discapacitado temporalmente, el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), le cubrirá al afiliado y a toda su familia, el SFS sin costo.

Un punto a resaltar es que el afiliado mantendrá su cobertura de seguro de vida, asegurando su pensión de sobrevivencia, pagando únicamente el 1% de la partida de la cotización.

La información fue dada a conocer durante una rueda de prensa encabezada por el Presidente del CNSS, Max Puig y la Gerente General del CNSS, Ylse Mena de Rodríguez, donde se explicó  que el reglamento tiene por objeto regular el otorgamiento de las prestaciones en dinero, el registro y control de las incapacidades temporales correspondientes al Subsidio por Enfermedad Común previsto por el artículo 131 de la Ley 87-01.

Según la normativa el trabajador tendrá derecho a recibir el subsidio por enfermedad cuando sufra una enfermedad común, accidente no laboral a partir del cuarto día  de la incapacidad y hasta un límite de veintiséis  semanas, siempre y cuando haya cotizado durante los últimos doce meses anteriores a la  discapacidad, resaltó Puig.

Detalló que el  reglamento especifica que la fuente del financiamiento para cubrir el subsidio corresponde a la partida dentro del Seguro Familiar de Salud  (SFS) destinada para los subsidios. Para determinar los montos a pagar por concepto del subsidio, se tomará en cuenta si el beneficiario recibe asistencia ambulatoria y hospitalaria. Este subsidio le dará derecho al trabajador a percibir desde un 40% a un 60% de su salario cotizable.

El trabajador beneficiario tendrá los siguientes deberes: Informar al empleador de su condición de salud por cualquier medio, someterse cuando la Administradora del Subsidio lo requiera a las normas y procedimientos de evaluación para el otorgamiento del Subsidio, colaborar con la transparencia del proceso y declarar cualquier novedad sobre su condición de salud.

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