CNSS aprueba reintegro de fondos para garantizar pensiones de servidores públicos
- La medida permitirá a afiliados de ingreso tardío con derechos adquiridos bajo el Régimen de Reparto Estatal reintegrar los recursos retirados de sus cuentas individuales para completar el proceso de traspaso.
Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó una medida que permitirá a determinados servidores públicos recuperar la posibilidad de pensionarse bajo el Régimen de Reparto Estatal, aun cuando hayan retirado parcial o totalmente los recursos acumulados en sus Cuentas de Capitalización Individual (CCI).
La disposición beneficia a los afiliados considerados de ingreso tardío que poseen derechos adquiridos para pensionarse mediante ese régimen. Estos podrán reintegrar los fondos que previamente retiraron de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y posteriormente realizar el traspaso correspondiente.
La decisión fue tomada durante la reunión ordinaria del CNSS celebrada el 3 de septiembre de 2026, luego de solicitudes formuladas por el Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) y la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).
Ambas entidades habían planteado la necesidad de buscar una salida para afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) que cuentan con derechos adquiridos o una expectativa legítima de derecho para obtener una pensión mediante el Régimen de Reparto Estatal.
A través de la Resolución núm. 643-02, el organismo acogió las solicitudes y encargó a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) la elaboración e implementación del procedimiento que hará posible la devolución de los recursos retirados de las cuentas individuales.
La SIPEN tendrá un plazo de 90 días para establecer los mecanismos operativos y normativos necesarios para realizar el proceso.
De esta manera, los afiliados que reúnan las condiciones requeridas podrán reintegrar los recursos y continuar los trámites para acogerse al Régimen de Reparto Estatal.
La resolución también establece que los aportes correspondientes a empleadores del sector privado deberán permanecer en las respectivas Cuentas de Capitalización Individual, conforme a las disposiciones vigentes.
Para adoptar la medida, el CNSS tomó como referencia experiencias regulatorias anteriores. Entre ellas figura la Resolución SIPEN núm. 496-25, relacionada con el traspaso de los aportes acumulados en las cuentas individuales de servidores públicos del sector salud beneficiados con jubilaciones concedidas por el Poder Ejecutivo.
Ese mecanismo también contempló disposiciones para aquellos trabajadores que habían retirado previamente recursos por concepto de ingreso tardío.
Con la nueva resolución, el CNSS busca establecer una vía para que el retiro previo de esos recursos no impida a los afiliados que cumplen con las condiciones ejercer los derechos previsionales adquiridos dentro del sistema de seguridad social.