Santo Domingo.-En el Tribunal Superior Administrativo se respira solemnidad, aun cuando su pequeña sala de audiencias se vea colmada por un público vestido en gran parte de amarillo.
Se trata de un recurso de Amparo del movimiento Toy Jarto, que solicita al tribunal que le advierta al Congreso que cumpla la Ley 66-97 de Educación, al discutir el proyecto de Presupuesto que envió el Poder Ejecutivo y que contradice expresamente el mandato legal de asignar a Educación el 4 por ciento del Producto Interno Bruto.
En la sala, un joven sacó una pequeña bandera dominicana, y al verla desplegada, la magistrada Sarah Henríquez, pesidente del tribunal, interrumpió al abogado que deponía y conminó al muchacho a guardar la enseña tricolor.
En esta sala de audiencias tenemos la Bandera nacional y la del Poder Judicial; haga el favor de doblar su bandera y guardarla, le dijo en tono pausado, pero firme.
Con ese mismo aplomo cortó las intervenciones de abogados que se vislumbraban extensas, y con esa misma firmeza rechazó reiterados incidentes de los abogados que representaban al Senado y a la Cámara de Diputados, temiendo que se prolongara la audiencia hasta después que fuera aprobado el Presupuesto de 2011.
La solemnidad fue tanta, que lo más que se escucharon fueron murmullos ante intervenciones que concitaron el asombro de los presentes, como la del procurador general administrativo, magistrado César Antonio Jazmín Rosario, quien defendió el derecho a las botellas.
Debates en audiencia
El representante del Ministerio Público lanzó tres preguntas consecutivas: ¿A quién le vamos a quitar recursos para cumplir con el 4%? ¿A la Presidencia, porque tiene botellas? ¿Y no tiene el Estado que garantizarles esos ingresos a esas personas?.
Muchas bocas se abrieron completamente, pero el asombro no estaba prohibido en la sala de audiencias.
El magistrado Jazmín Rosario alegó que el Congreso tiene potestad y facultad para derogar la Ley de Educación, con lo que hizo recordar las declaraciones del presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, alegando que su proyecto de presupuesto no derogaba la Ley 66-97.
Algunos preguntaron por lo bajo: ¿En qué quedamos? ¿La derogaron o no la derogaron?. El propósito, inconfesado ayer, fue confesado hoy.
El jurista Luis Rivas, de la parte accionante, advirtió que el artículo 55 del proyecto de ley de Presupuesto constituye una violación flagrante a la Constitución, pues pretende producir una derogación transitoria de la Ley de Educación.
Dice ese artículo: Se establece, con carácter transitorio para el ejercicio fiscal 2011, un monto de gasto en educación inferior al que dispone la Ley de Educación No. 66-97, de fecha 9 de abril de 1997.
El procurador adjunto David Betances argumentó que no se puede obligar al Gobierno a entregar el 4% del PIB a la educación porque nadie está obligado a lo imposible.
Agregó que los recurrentes no han probado de qué manera el bajo presupuesto les viola el derecho a la educación, sobre todo porque casi todos ya estudiaron.
Defensa del Congreso
Los abogados de la Cámara de Diputados, Napoleón Álvarez, Rafael Ceballos y Emilio Ortiz Mejía alegaron que el Congreso es soberano para legislar y que los recurrentes no pueden, por vía de un tribunal, decirles a los legisladores qué deben aprobar o qué deben rechazar.
La doctora Laura Acosta Lora replicó: Lo que pedimos al tribunal no es que le diga al Congreso cómo debe legislar, sino que acate la misma ley y la misma Constitución que el mismo Poder Legislativo discutió y aprobó en ejercicio de sus funciones.
Posición de recurrentes
El doctor Luis Rivas advirtió que la Ley de Educación es la única que tiene anclaje constitucional, ya que la nueva Carta Magna establece, en su artículo 63, que la inversión en educación debe ser creciente y sostenida y que la ley fijará los montos mínimos, que en este caso son el 4 por ciento del PIB o el 16 por ciento del gasto público total, lo que resulte mayor.
El veterano jurista Juan Manuel Pellerano Gómez explicó la importancia de respetar la Constitución, que está por encima de todos los poderes, para que no haya más Santana, Báez, Heureaux o Trujillo.
Dos jóvenes abogados de la parte recurrente presentaron un power point explicando por qué el desacato a la Ley 66-97 vulnera el derecho fundamental a la educación.
Los magistrados no toleraron que los abogados del Congreso prolongaran indefinidamente los debates, ni permitieron que los abogados recurrentes les pusieran demasiada prisa: éstos pidieron sentencia inmediata, antes de la sesión de la Cámara Baja, y los jueces, tras conceder a la otra parte 12 horas para depositar escritos ampliatorios, se reservaron el fallo para hoy a las 4 de la tarde.
El tribunal ha establecido un precedente al declararse competente para juzgar el caso, rechazando así un pedimento de la defensa.
De ahí la amenaza del presidente del Senado, Reinaldo Pared, al advertirle al presidente de la Suprema Corte que si algún tribunal falla sobre el asunto, se trataría de una injerencia del Poder Judicial en asuntos que sólo competen al Poder Legislativo.
Precedente
Al tratar un recurso de Amparo, la sala se convierte en tribunal de garantías constitucionales, y si no pudiera juzgar la vulneración de un derecho por parte de otro poder del Estado, los ciudadanos quedarían indefensos, ya que la mayoría de las vulneraciones provienen de la autoridad.
La sentencia, cualquiera que sea, sentará un precedente.
Ojalá el tribunal confirme lo que está consagrado: que ningún poder del Estado puede insubordinarse contra la Constitución ni contra la ley.