Anteproyecto ley elimina recargos y moras de los atrasos en el SDSS

Anteproyecto ley elimina recargos y moras de los atrasos en el SDSS

Anteproyecto ley elimina recargos y moras de los atrasos en el SDSS

Por más de 10 años, cientos de empleadores han tenido dificultan para honrar pagos al SDSS.

SANTO DOMINGO.-Un segundo anteproyecto que modifica la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) propone que los empleadores con atrasos en las contribuciones reciban una amnistía de los recargos, intereses y moras, los cuales constituyen más del 80% de los 476 mil millones que adeudan desde hace varios años.

La pieza que es conocida en el Congreso Nacional, establece la facilidad de saldar la deuda y regularizar el estatus de sus empleados pagando el monto principal adeudado sin los recargos, moras e intereses generados, para las cotizaciones al Régimen Contributivo del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.

Igualmente se busca que los contribuyentes vuelvan a tener cobertura en el Seguro Familiar de Salud (SFS) y el Seguro de Riesgos Laborales (SRL) plantea el pago total de los seis últimos meses del atraso en estos renglones.

Condición

Para ello, se exige que dicho pago sea por el saldo de la deuda o mediante un acuerdo de pago con la Tesorería de la Seguridad Social, en un plazo no mayor a seis meses.

Con esta medida se estima extender la protección en el SDSS a más de 200 mil dominicanos, en su mayoría servidores públicos que por más de 10 años estaban desprotegidos de la Seguridad Social, por estos atrasos.

Devolución

Además, el instrumento legislativo demanda a las instituciones que hayan descontado recursos al trabajador sin contratarlos a un Seguro de Salud, a devolver el monto retenido, a través de la TSS.

Sanciones por faltas

Adicionalmente, el proyecto establece un nuevo esquema de sanciones a las empresas o instituciones públicas ante el incumplimiento de la afiliación oportuna al trabajador o el retraso en las cotizaciones mensuales u otro incumplimiento.

En caso de incurrir en estas infraccciones, les obliga a pagar a la TSS un recargo equivalente al porcentaje de rentabilidad mensual promedio generado por el sistema de capitalización individual, más un 0.3% mensual de penalidad sobre el monto de las aportaciones no pagadas.

Junto con lo anterior, se podrá dar inicio a una acción civil y penal por parte de la TSS.

Fortalece DIDA y TSS

La iniciativa también fortalece la capacidad gerencial y presupuestaria de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y de la Dirección General de Información y Defensa del Afiliado (DIDA). Da fuerza a sus roles, otorgándoles personería jurídica para desempeñar sus funciones de recaudación y cobros de cotizaciones de la primera e incrementar la cobertura geográfica de la segunda para facilitar el acceso de los afiliados en la defensa de sus derechos.

Financiamiento

Para el financiamiento de la TSS plantea una comisión mensual del 0.1% del salario cotizable para el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS) del sistema de capitalización individual, más el 0.1% del salario cotizable para SVDS del sistema de reparto.

En el caso de la DIDA, propone el 0.05% del salario cotizable para el SVDS del sistema de capitalización individual, más un 0.05% del salario cotizable del SVDS del sistema de reparto, sin eliminar las otras asignaciones que puedan establecerse en el presupuesto del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).

Modifica comisión AFP

Por igual, modifica el esquema de comisiones por administración de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), las cuales exclusivamente recibirán recursos sobre el saldo de los fondos de pensiones con límites desde un 1.20% a un 0,75% del salario cotizable desde 2020 a 2029.

Actualmente, estas obtienen sus ingresos sobre el 0.5% mensual del salario cotizable y un 30% anual de la rentabilidad de los fondos de pensiones.

Reincidente

50% Incremento multa.
El proyecto de Ley propone que al empleador reincidente en los atrasos se aumentará en un 50% las multas.



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