AMET afirma decisión del TC fortalece acciones de ese organismo

Santo Domingo.-La Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) aclaró hoy que la sentencia 0021-15 del Tribunal Constitucional, en la cual declara inadmisible un recurso incoado por un ciudadano tras ser fiscalizado por un agente de la institución, más allá de limitar sus actuaciones, fortalece el accionar del organismo en sus labores de viabilización y fiscalización.

Negó que el Tribunal Constitucional en su decisión haya fallado que la AMET no podrá retener vehículos ni remolcarlos sin estar amparada en el dictamen de un juez.

La institución destacó que las pretensiones del accionante en la referida sentencia fueron declaradas inadmisibles, por lo que el organismo encargado de regular el tránsito “no ha sido condenado al pago de ninguna indemnización a favor del accionante ni de ningún otro ciudadano, que por violaciones a la Ley 241-67 y sus modificaciones le haya sido retenido o remolcado su vehículo”.

"En tal sentido, la sentencia 0021-15 del TC, confirma en cuales casos procede la retención de vehículos, ya que en el numeral 10.11 de la misma plantea que en todos los artículos referidos, AMET actúa apegada a la Ley 241-67 sobre tránsito y sus modificaciones",agregó.

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