Alcance y limitaciones del régimen especial sobre nacionalidad y naturalización

Alcance y limitaciones del régimen especial sobre nacionalidad y naturalización

Alcance y limitaciones del régimen especial sobre nacionalidad y naturalización

Como resultado de un proceso de consultas públicas del Jefe de Estado dominicano con diversos sectores de la nación, el “Proyecto de Ley de establecimiento de un régimen especial para las personas nacidas en territorio dominicano irregularmente inscritas en el estado civil y sobre naturalización “ fue favorablemente recibido por todos, a excepción de los ultranacionalistas radicales.

Aprobado a unanimidad en la Cámara de Diputados, el proyecto de ley que será analizado por el Senado este miércoles pondrá fin a la desnacionalización en marcha con la sentencia 168/13, la cual creó el problema diplomático y de imagen internacional de mayor envergadura para República Dominicana en los últimos 77 años.

Juliana Deguis Pierre, símbolo de la justa lucha emprendida por esa causa, al igual que oficiales de las Fuerzas Armadas, la Policía, regidores, alcaldes, congresistas, atletas que llevaron orgullosamente la bandera dominicana en competencias internacionales, que forman parte de los 13,672 casos de expedientes de nacionalidad cuestionados por la Junta Central Electoral (JCE), serán restituidos en todos sus derechos como nacionales dominicanos.

En este sentido, la ley reconoce las deficiencias del registro civil; preserva un principio nuevo consagrado en la Constitución de 2010, que es el estado social de derecho. También rescata los valores de la dominicanidad en términos de igualdad, solidaridad y convivencia pacífica expresados por el ciudadano común a través de dos encuestas a lo largo del proceso.

La pieza, de evidente mérito tomando en cuenta la coyuntura de manipulación patriotera y aspectos de la alta política con miras a las elecciones de 2016, trata de hacer un equilibrio entre el compromiso del mandatario cuando recibió a una comisión de los afectados en octubre del año pasado y su discurso en la CELAC en La Habana.

No obstante, existe una justificada preocupación relativa a los dominicanos de ascendencia haitiana indocumentados. Estos son estimados en poco menos de 100,000 al considerar los datos de la Encuesta Nacional de Inmigrantes (ENI 2012) sobre la población dominicana de origen extranjero que posee algún documento.

La ley no les ofrece la nacionalidad, sino que abre una puerta estrecha hacia la ciudadanía a través de la naturalización. Es un mecanismo que pudiera ser calificado de discriminatorio en comparación con el utilizado para los dominicanos de origen, no inscritos en el registro civil, que es una declaración tardía con testigos.

Ese proceso culminaría dos años después de haber adquirido un estatus migratorio, a través del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros.

Siendo una naturalización ordinaria fundamentada en la ley 1683, surgen cuestionamientos por el hecho de la obligación de hacerse previamente haitiano/a en un corto plazo de 3 meses. También, en relación a los derechos políticos y la inseguridad del goce irrevocable de esa ciudadanía.

El publicitado caso por la Dirección General de Migración y la Junta Central Electoral, en diciembre del año pasado, de Marie Desir, en base a la convivencia probada con una pareja dominicana, pudiera ser una alternativa para muchos.

Ese proyecto legal en el fondo implica a Haití. Quien no puede probar su lazo sanguíneo con el Estado haitiano o no acepta hacerse haitiano/a será un apátrida. La anunciada expulsión al concluir el Plan de Regularización, en diciembre de 2015, pudiera ser muy discutible en estos casos.

La ley, si es aprobada por el Senado, deberá contar con un reglamento que haga lo más ágil posible el procedimiento.



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