Wilson Camacho destaca solidez de la acusación tras envío a juicio de fondo en Caso Camaleón

  • Camacho aclaró que la decisión del tribunal de excluir la imputación de terrorismo no debilita el expediente, ya que el tribunal sí acogió la acusación por sabotaje

WIlson Camacho, procurador adjunto, lleva pesquisa.
WIlson Camacho, procurador adjunto, lleva pesquisa.

SANTO DOMINGO.-SANTO DOMINGO. – El procurador adjunto y director general de Persecución, Wilson Camacho, afirmó que la decisión del tribunal que ordenó el envío a juicio de fondo de los implicados en el denominado Caso Camaleó ratifica la solidez de las pruebas y el rigor del trabajo desarrollado por el órgano persecutor.

“Hay decisiones que reflejan el trabajo del Ministerio Público y esta es una de esas decisiones”, afirmó Camacho al finalizar la audiencia, enfatizando que el núcleo de la acusación se mantiene intacto.

Sobre la calificación jurídica

El tribunal decidió excluir la imputación por terrorismo, argumentando la ausencia de un elemento subjetivo necesario para dicha tipificación. Sin embargo, Camacho aclaró que esta decisión no representa una derrota procesal, ya que el tribunal sí acogió la acusación por sabotaje, al validar la parte objetiva de las conductas atribuidas a los procesados.

El director de Persecución adelantó que el Ministerio Público no descarta retomar la calificación original: “Es una cuestión que puede perfectamente resolverse en juicio en la medida en que el Ministerio Público pruebe la realidad de la conducta. Incluso, podríamos solicitar una variación de la calificación jurídica durante el proceso”, manifestó.

Camacho subrayó que la acusación continúa siendo grave, especialmente al incluir el delito de lavado de activos, que conlleva penas máximas de hasta 20 años de prisión. “No debilita el caso porque los hechos se mantienen, las pruebas se mantienen y el tribunal retuvo el sabotaje”, insistió.

Avance bajo el nuevo Código Procesal Penal

Camacho resaltó la celeridad con la que se ha tramitado este expediente, destacando que es el primer caso de gran magnitud que se conoce tras las recientes reformas al Código Procesal Penal.

“Desde el depósito de la acusación hasta hoy han transcurrido apenas seis meses y ya este caso va a juicio de fondo, lo que evidencia la rapidez con la que pueden conocerse los procesos penales a partir de esa reforma”, puntualizó Camacho, reafirmando el compromiso de la institución con la eficiencia del sistema de justicia dominicano.

La jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Yanibet Rivas, envía a juicio de fondo al exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Beras, a José Ángel Gómez Canaán (Jochi Gómez) y compartes del caso Camaleón, acusados de adjudicar de manera fraudulenta un contrato para la modernización de la red semafórica del Gran Santo Domingo.

También fueron enviado a juicio los imputados Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico; Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de Tecnología del Intrant; Frank Rafael Atilano Díaz Warden, excoordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras; Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del Intrant; Carlos José Peguero Vargas, Mariano Gustini, Manuel Eduardo Mora Vázquez y Henry Darío Feliz Casso.

Además fueron enviada a juicio las empresas involucradas en el expediente: Transcore Latam S.R.L., Aurix S.A.S., Inprosol S.R.L., OML Inversiones S.R.L., PagoRD Xchange S.R.L., Industria Soltex Dominicana S.R.L. y Dekolor S.R.L.

El procurador adjunto y director general de Persecución, Wilson Camacho, valoró este viernes la decisión del tribunal de enviar a juicio de fondo a varios de los implicados en el denominado Caso Camaleón, al considerar que la medida evidencia la fortaleza del trabajo realizado por el Ministerio Público.

Al referirse al fallo emitido por la jueza, Camacho afirmó que se trata de una decisión que refleja el esfuerzo investigativo y acusatorio desarrollado por el órgano persecutor.

“Hay decisiones que reflejan el trabajo del Ministerio Público y esta es una de esas decisiones”, expresó.

El titular de Persecución explicó que, aunque el tribunal excluyó la imputación de terrorismo, mantuvo la acusación por sabotaje, al entender que se conserva la parte objetiva de la conducta atribuida a los procesados.

Según indicó, la exclusión del terrorismo responde a una interpretación del tribunal sobre la ausencia del elemento subjetivo requerido para configurar ese delito.

No obstante, sostuvo que esta situación podrá ser debatida durante el juicio de fondo.

“Es una cuestión que puede perfectamente resolverse en juicio en la medida en que el Ministerio Público pruebe la realidad de la conducta. Incluso, podríamos solicitar una variación de la calificación jurídica durante el proceso”, manifestó.

Camacho insistió en que la decisión no debilita la acusación presentada por el Ministerio Público, ya que los hechos investigados y las pruebas recabadas permanecen intactos.

“No debilita el caso porque los hechos se mantienen, las pruebas se mantienen y el tribunal retuvo el sabotaje”, señaló.

Asimismo, destacó que la calificación jurídica acogida por el tribunal incluye el delito de lavado de activos, lo que podría derivar en sanciones de hasta 20 años de prisión para los responsables, en caso de una eventual condena.

Finalmente, el procurador adjunto resaltó la rapidez con la que el proceso ha avanzado, atribuyendo esta situación a las modificaciones introducidas recientemente al Código Procesal Penal.

“Esta es la primera acusación que se conoce con la modificación que se hizo al Código Procesal Penal. Desde el depósito de la acusación hasta hoy han transcurrido apenas seis meses y ya este caso va a juicio de fondo, lo que evidencia la rapidez con la que pueden conocerse los procesos penales a partir de esa reforma”, concluyó.

Hay dos cosas que hay que resaltar sobre este proceso. (0:05) El primero, esta es la primera acusación que se conoce con la modificación que se hizo al Código Procesal Penal. (0:12) Ustedes podrán darse cuenta que desde el depósito de la acusación, al día de hoy, han durado solo seis meses.(0:19) Y ya este caso va a juicio, lo que evidencia la rapidez con la que se pueden conocer los procesos penales a partir de la modificación. (0:26) En relación a la decisión que tomó el Tribunal en el día de hoy, hay decisiones que reflejan el trabajo del Ministerio Público y esta es una de esas decisiones. (0:37) El Tribunal excluyó el tipo penal de terrorismo por una visión que tiene el Tribunal de que no se da la parte subjetiva del tipo penal, (0:48) pero retuvo el sabotaje que permite retener la parte objetiva del tipo penal.(0:52) Esta es una cuestión que puede perfectamente resolverse en juicio en la medida que el Ministerio Público pruebe la realidad de la conducta (1:00) y podamos solicitar en juicio que el Tribunal que conozca del mismo varíe la calificación. (1:04) Esto no debilita el caso, no debilita la acusación. (1:08) ¿Qué tiene que responder el Ministerio Público? (1:11) No debilita el caso porque los hechos se mantienen, las pruebas se mantienen y el Tribunal retuvo el sabotaje.(1:18) Es como decir que el Tribunal retuvo del tipo penal el 90%. (1:22) El resto nosotros lo podemos probar y resolver en juicio en la medida que se desahoguen las pruebas. (1:27) ¿Por qué no hay otro grande funcionario imputado aquí? (1:31) Dice Jorge Gómez.(1:33) ¿Usted está protegiendo a funcionarios? (1:35) Wilson Camacho. (1:36) ¿Qué tiene que decir? (1:37) La calificación jurídica que retiene el Tribunal incluye el lavado de activos, (1:42) lo que significa que en este caso puede haber penas que lleguen incluso a los 20 años de reclusión.

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